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Reducir el hacinamiento en las cárceles es una prioridad para el gobierno, indicó el ministro de seguridad Mauricio Ramírez Landaverde. Foto Diario Co Latino.

Hacinamiento en bartolinas de PNC es prioridad para el gobierno: Ministro Ramírez Landaverde

@JoakinSalazar

El Ministro de Justicia y Seguridad Pública, find Mauricio Ramírez Landaverde, buy cialis aclaró que con la modernización que implementa el gobierno en el Sistema Penitenciario, la Policía Nacional Civil (PNC), será prioridad para que los privados de libertad, recluidos en bartolinas policiales serán trasladados a centros los penitenciarios respectivos.

Lo anterior, como respuesta a la reciente resolución de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), de declarar, el hacinamiento carcelario, como inconstitucional, principalmente en las bartolinas de la Policía Nacional Civil (PNC), en la que están recluidos más de cinco mil reos.

“Estamos plenamente conscientes de la situación, desde la Policía, por muchos años, planteamos esta situación, que se atendiera a los privados de libertad, esas miles de personas recluidas en la bartolinas de la PNC”, explicó el titular de Seguridad.

Además, explicó que “el trabajo que va orientado a reducir el hacinamiento en toda la infraestructura penitenciaria, tiene como uno de sus objetivos el problema a la PNC, la institución policial va a ser la primera que va a ser apoyada, cuando este mismo año se tenga una mayor capacidad en el sistema penitenciario; las casi cinco mil personas que están en bartolinas van a hacer absorbidas y trasladadas al centro penitenciario que le corresponda,  eso será inmediatamente cuando haya oportunidad”.

Y es que para este año, se pretende poner en marcha los Centros Penales en el Complejo Penitenciario de Izalco, en su Fase II y Fase III, además de la Granja Penitenciaria, que albergará a un promedio de cinco mil privados de libertad.

Asimismo, este año, el Gobierno inició la construcción de tres Centros Temporales de Reclusión, los cuales serán destinados para los reos de baja peligrosidad, que albergarán en su conjunto un promedio de 10 mil privados de libertad.

Ayer, los magistrados de la Sala de lo Constitucional declararon que es inconstitucional el cumplimiento de las penas de privación de libertad en condiciones de hacinamiento, ya que se vulnera el derecho a la integridad personal y el derecho a la salud,  de quienes cumplen su pena en las distintas bartolinas policiales del país.

La demanda que es a favor de privados de libertad, recluidos en bartolinas policiales,  también detalla la inconstitucionalidad que reos guardan prisión en los distintos recintos del sistema penitenciario en todo el país.

Los demandantes afirman que existe un nivel extremo de hacinamiento, lo que ocasiona enfermedades en los privados de libertad, y es que algunas de las bartolinas inspeccionadas por las autoridades son de un promedio de entre 10 y 12 metros, con un hacinamiento de entre 30 y 40 personas.

Ante esta situación, los magistrados declararon “la existencia de vulneraciones al derecho fundamental a la integridad personal, debido a la privación de libertad en condiciones inhumanas de hacinamiento; así también por cumplir dichas privaciones de libertad en lugares no autorizados por la ley, y por no garantizarse el derecho a la salud de uno de los demandantes”, detalla la resolución.

Según registros de la Dirección General de Centros Penales, al 2 de mayo del presente año habían 33,421 presos, entre procesados y condenados, lo que representa un promedio del 300% de hacinamiento.

Como parte de la resolución, los magistrados establecen que los Jueces de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena realicen una labor de actualización e identificación de aquellos internos que ya no deban continuar detenidos por cumplimiento de la pena o que pueden, conforme a la ley, disponer de beneficios penitenciarios.

También a los Equipos Técnicos Criminológicos, los Consejos Criminológicos Regionales y el Consejo Criminológico Nacional, la Sala les ordena que deben realizar dentro de los plazos legales, las evaluaciones y análisis de los condenados. Así también, deben remitir los informes correspondientes de manera inmediata a los Jueces de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de Pena.

“Los jueces en materia penal, deben considerar la aplicación de la detención provisional de manera excepcional, conforme lo contempla la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; así como el Código Procesal Penal, tomando en consideración la gravedad de los hechos”, afirma la sentencia.

Finalmente, a la administración penitenciaria en colaboración con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, deberán realizar visitas periódicas médicas en los lugares de reclusión para evaluar o resolver las necesidades sanitarias de los privados de libertad.

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