Licenciada Norma Guevara de Ramirios
Pregunto nuevamente: ¿Cuántos somos las y los salvadoreños aptos para votar en febrero y marzo de 2024?
¿Existe un registro electoral que la ciudadanía pueda conocer?, ¿es único el registro como manda la Constitución?, ¿cuáles son los pasaportes que forman parte del registro y que no se repitan en los padrones de electores con documento único de identidad personal?
Cuando se cumplen dos años de la legislatura que inició en 2021, dominada por el partido oficial y sus aliados, vale decir, sin dificultad para aprobar las leyes que se les ocurran, tenemos la mayor inseguridad en la normativa electoral.
Se pregunta uno, ¿a qué se debe esto, es simple incapacidad o es parte de una estrategia electoral para asegurar perpetuarse en el gobierno, torciendo las reglas a la medida de su apetito político?
El Artículo 5 del Código Electoral establece, que para el ejercicio del sufragio es condición indispensable estar inscrito o inscrita en el registro electoral, elaborado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE); el Artículo 15 dice que la base para elaborar el registro electoral será la información del Documento Único de Identidad (DUI), que el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) está en la obligación de proporcionar al Tribunal.
Es tan obligado conocer el registro electoral, que la ley establece que 165 días antes de la elección el Tribunal debe enviar a los partidos políticos y coaliciones contendientes, una copia separada por circunscripción municipal, para que estos sepan quienes forman parte del electorado y, en el mismo artículo (20), la ley le da el mandato de poner a disposición de la ciudadanía el padrón, para que cada persona pueda verificar que su nombre aparece y está correctamente registrado o, si hay error alguno, exigir la corrección de errores evidentes.
La pregunta inicial tiene ese profundo sentido, la obligación del Estado de hacer público el registro electoral, de organizarlo en padrones y segmentando según sea el domicilio del ciudadano y la ciudadana.
También hay plazos para incorporar al registro a las personas que tuvieron sus derechos políticos suspendidos por una condena judicial, y para excluir a los que siendo condenados judicialmente pierden sus derechos, incluso el derecho al sufragio.
La llamada “nueva Asamblea Legislativa”, ha puesto parches a la legislación electoral, y la Sala de lo Constitucional ha emitido sentencia para permitir la inscripción del presidente de la República como candidato a la presidencia, algo que está prohibido textualmente en la Constitución; estas resoluciones y reformas legales resultan violatorias de la misma Carta Magna y de normas generales para un proceso electoral democrático.
Y en la nueva legislación emitida para el sufragio desde el exterior, se establece que podrán votar con pasaporte vigente o vencido. Eso obliga a entregar la nómina de pasaportes existentes a la fecha, y abre la posibilidad del voto doble de aquellos que además tienen DUI.
Es lo que a la fecha más enredo y peligro de fraude acarrea.
Existe obligación de poner el dedo en la llaga donde aparece el riesgo de fraude y este es uno de tantos. No contar con un registro único de ciudadanos y ciudadanas aptos para emitir el sufragio, estén dentro o fuera del país, tengan DUI o pasaporte, pero un registro único, sin doble registro y, por tanto, doble facultad para votar.
Este es uno de los más serios peligros, pero existen otros, como la propaganda adelantada y descarada, realizada por los funcionarios del oficialismo, el incumplimiento de obligaciones constitucionales y legales.
Incluso, si fuera el caso, que las entidades obligadas a entregar información al TSE no lo hagan, sea migración, cancillería, centros penales, juzgados y todos aquellos obligados a entregar información que permita hacer un registro electoral correcto o un proceso administrativo seguro.
A los salvadoreños que viven en el exterior y que tienen interés de participar en los procesos electorales, es importante que también estén atentos y eviten ser instrumentalizados para un fraude electoral.
Los diputados y diputadas de oposición, deberían propiciar una reforma electoral correcta, para la seguridad de que a nadie se le facilite votar dos veces, aprovechando los vacíos existentes por incapacidad o por interés de torcer el resultado electoral, y es la de exigir que los pasaportes que entren al registro electoral sean los que se han emitido, homologando el numero de pasaporte con el numero del DUI, es la única forma de evitar que se vote dos o más veces por una misma persona, usando ambos documentos.
Así sabríamos cuántos somos los facultados para emitir el sufragio y si el oficialismo se siente tan confiado del apoyo popular, debería facilitar esta reforma después que ellos abrieron la puerta para hacerlo en este tiempo.