Joaquín Salazar
@JoakinSalazar
La Cámara Primera de la Penal de la Primera Sección del Centro estableció que acusaciones contra el segundo magistrado de la Cámara Tercera de lo Civil, Eduardo Jaime Escalante Díaz, “no constituye delito, sino una posible falta relativa a “Actos contrarios a las buenas costumbres y decoro público”.
La Fiscalía acusó al magistrado por agresión sexual en menor e incapaz, en perjuicio de una niña de 10 años de edad. Pero los magistrados de la Cámara consideraron que la tipicidad no se adecua a una agresión sexual (un delito contra la libertad sexual), “pues el hecho no fue dirigido a una persona determinada o concreta, sino que, presuntamente, fue realizado bajo factores de fugacidad”, señala comunicado oficial.
El caso será remitido al Juzgado de Paz de Tonacatepeque, donde presuntamente sucedieron los hechos. Que de acuerdo al Ministerio Público, el día 19 de febrero de este año, en Residencial Altavista, en el municipio de Tonacatepeque, mientras la niña estaba jugando en el pasaje, un sujeto se acercó y la tocó en sus partes íntimas, quien después de esto, se fue corriendo. Posteriormente, fue identificado al magistrado como quien habría cometido la acción.
Ell presidente de la República, Nayib Bukele, reaccionó en su cuenta de twitter en la que escribió “Esta es una burla a nuestro Estado de Derecho. ¿Tocar los genitales de una niña no sería delito? (…) Toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario, pero aquí ni siquiera se pudo probar su culpabilidad o inocencia, sino que se afirma que no existe delito posible”.
Raúl melara, Fiscal General, aseguró que esta decisión se apelará, ante la instancia correspondiente.