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Los partidos políticos ARENA y GANA se han enfrentado por la supresión de un artículo de la incipiente Ley de Probidad, ambulance que obliga a las autoridades investigar, click “por presunción”, salve el delito de enriquecimiento ilícito, por el que son investigados un diputado y un ex funcionario del gobierno anterior.
El artículo fue suprimido esta semana de la Ley de Probidad, que la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales del congreso, mantiene en estudio, para su posterior aprobación. La supresión del Artículo que obliga a la investigación por “presunción” del delito de enriquecimiento ilícito, fue aprobada por los diputados de GANA y del FMLN que integran la instancia legislativa.
Guillermo Gallegos, legislador de la Gran Alianza por la Unidad Nacional (GANA), había asegurado que la decisión de suprimir el artículo de la Ley de Probidad, también había sido acordada por los legisladores de ARENA, lo que fue rechazado por ese partido político.
El compromiso
“Lo que acordamos, incluso lo apoyaron diputados de ARENA – afirmó Gallegos -, es que la presunción ya está en el Artículo de la Constitución, entonces dijimos que albarda sobre parejo, no”, subrayó. “Ellos (mencionó al legislador por ARENA, Ricardo Velásquez), dijeron que ya estaba (el artículo sobre presunción del ilícito de enriquecimiento ilícito) en la Constitución y es una cosa que ya estaba, entonces, para qué ponerla en la Ley”, subrayó el parlamentario.
“Nosotros no votamos por eso y no lo vamos a hacer en ningún momento”, aseguró, por su parte, el legislador por ARENA, René Portillo Cuadra.
“Allí están las actas. Pedimos que quedaran en las actas el que nosotros no votamos”, reiteró.
“Queremos que ese artículo se mantenga, de hecho – añadió el parlamentario -, ése es el corazón de la Ley de Enriquecimiento Ilícito. Si usted quita las presunciones, le quita todas las motivaciones y la fuerza a la Ley”, afirmó. “No logro entender porqué el FMLN y los demás partidos políticos no quieren ese artículo, no entiendo cuál es el miedo”, subrayó Portillo Cuadra.
La Constitución
Recordó que el artículo de la Constitución Política sobre ese tema establece que “se presume enriquecimiento ilícito sin justa causa, cuando el aumento del patrimonio o nivel de gastos del sujeto obligado, desde la fecha en que haya tomado su cargo, hasta aquella en que hayan cesado sus funciones, fuere notablemente superior, al que normalmente hubiera podido tener en virtud de los sueldos y emolumentos que haya percibido legalmente”.
Al respecto, Portillo Cuadra explicó que el Artículo de la Carta Magna “no desarrolla los contenidos sobre los cuales se presume el enriquecimiento ilícito”.
Las autoridades judiciales han iniciado investigaciones por presunción por el supuesto delito de enriquecimiento ilícito, contra el diputado por el PCN, Reynaldo López Cardoza, y el ex director del Seguro Social, Leonel Flores.