Yanuario Gómez
@DiarioCoLatino
La Asamblea Legislativa reformó durante la sesión plenaria de este jueves, la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización con la finalidad de ampliar a diez años el período de exoneración de pago de impuestos a zonas francas, antes el marco legal establecía un lapso de cinco años.
La enmienda entrará en vigencia una vez caducado el tiempo establecido para la exoneración de impuestos, con lo que las zonas francas gozarán de diez años más en los que no se verán obligadas a pagar impuestos sobre la renta, municipales y sobre la transferencia de bienes raíces.
Los legisladores sostuvieron que la reforma legal es importante, debido a que las inversiones privadas que se desarrollan en estás zonas industriales no solo generan empleo, sino que contribuyen a dinamizar la economía nacional.
La exoneración de impuestos será efectiva para quienes comprueben que durante los últimos cinco años de la exención total han aumentado su inversión en un 100 %, con relación a su inversión inicial justificada con la compra de terrenos, construcción de edificaciones, además de adquisición de maquinaria y equipo vinculada a la actividad autorizada e incremento en la contratación de personal en un 100 % con relación al número inicial de empleados.
Durante la sesión de trabajo también se avaló que las alcaldías usen el 15 % del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios, en actividades de recolección de basura con el objetivo de que con ello se beneficie a la población evitando enfermedades generadas por la acumulación de desechos.
Con la autorización los 262 municipalidades del país utilizarán el 15 % del 75 % asignado de los recursos provenientes del FODES, para actividades relativas a la recolección, transporte y disposición final de la basura.
En el transcurso de la sesión de trabajo, el pleno legislativo aprobó la Ley Reguladora para Empresas, Establecimientos y Entidades públicas que por sus Condiciones Especiales deban Otorgar Prestaciones Excepcionales para sus Trabajadores.
La normativa establece que las instituciones públicas, privadas y alcaldías deberán ofrecer a sus empleados, beneficios consistentes en vivienda, salud, educación para los hijos, así como adecuación de espacios para visitas cuando la estadía del personal sea de forma permanente.
Con la normativa se busca “regular aquellas condiciones, que por sus peculiaridades, los empleadores se encuentran obligados a proporcionar a sus trabajadores y/o sus familias, servicios y prestaciones sociales adicionales a sus salarios, en la medida que no estén cubiertas por el Estado”, dicta la referida ley.