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La reforma no contempla agravantes cuando alcaldías no recogen los desechos sólidos y provoca daños en la salud. Foto: Diario Co Latino / Archivo.

Asamblea aprueba castigar con cárcel y multas a quienes arrojen basura en la calle

Redacción Nacionales

@DiarioCoLatino

La Asamblea Legislativa aprobó este martes que se sancione con cárcel a aquellas personas que boten más de dos libras de basura en las calles e infracciones a quienes boten menos de dos libras; esto, tras las reformas al Código Penal y a la Ley del Medio Ambiente.

La reforma al Código Penal establece que el que disponga indebidamente de la basura, ensuciando, arrojando, abandonando la misma u otros materiales o desechos, en aceras, calles, carreteras, playas, riberas de río o lagos, bosques, parques nacionales o disponga de basura en formas no autorizadas por las leyes medio ambientales será sancionado con una pena de 1 a 3 años de prisión sustituible por trabajos de utilidad pública.

Si la persona lanza basura desde un vehículo automotor, se le suspenderá la licencia por seis meses. La reforma también impone una sanción por $1,500, la cual se podrá pagar de diferentes formas: si se efectúa el pago antes de los 10 días siguientes a su aplicación, se le reduce en un 50%; luego de los 10 días y hasta por seis meses, se incrementará el 50% mensual. De 6 meses a 1 año, se aumentará al 75% mensual. En caso de que el imputado no efectúe el pago por $1,500, el juez correspondiente deberá ordenar la restricción migratoria y, si es reincidente se le aumentará el pago en un 100%.

Se establece también que cuando se ponga en peligro la salud de la población, la responsabilidad civil no podrá ser menor de $25 mil. Si dicho infractor es una persona jurídica, el juez decidirá si cerrar la casa matriz de forma temporal o permanente.

Esto dice la reforma: “El que arrojare o abandonare más de dos libras de residuos o desechos de cualquier clase en lugares no autorizados poniendo en peligro directa o indirectamente el medio ambiente o quien altere el normal funcionamiento de acueductos y alcantarillados, poniendo en peligro la salud o la vida de las personas, será sancionado con penas de 1 a 3 años de prisión, la cual podrá ser sustituida por trabajo de utilidad pública consistente en limpieza de conformidad a lo establecido en la legislación penal vigente. Cuando la conducta regulada en el inciso anterior se realice desde vehículo automotor al conductor del mismo se le suspenderá el derecho a conducir por el plazo de seis meses”.

Mientras que la reforma a la Ley de Medio Ambiente impone una multa de $20 a quienes lancen basura de cualquier tipo menor a las dos libras, si es reincidente la multa aumentará al 100%. De igual forma, se establece que, si la multa se cancela antes de los 10 días posterior a su aplicación, se le reducirá el 50%; pero si la cancela entre el día 10 y 6 meses, cancelará el 50% más cada mes; si la paga entre 6 meses y un año, se le aumentará al 75% mensual. Si el infractor no cancela la multa, se dará paso a un cobro judicial, caerá en un estado de insolvencia tributaria y no podrá iniciar el trámite para la solvencia policial.

La Policía Nacional Civil será la encargada de imponer las multas e informar al infractor.

Diputados de oposición consideraron que la medida es populista. “Me parece que estas iniciativas son populistas y no se ha hecho un abordaje técnico; de hecho, ni siquiera el Ministerio de Medio Ambiente se hizo presente en las discusiones (de la comisión). Hemos detectado que en las penas que se proponen, no son proporcionales”.

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