Redacción Nacionales
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La Asamblea Legislativa aprobó, con 56 votos a favor, la Ley de Federaciones de Cooperativas de Ahorro y Crédito, con el fin, según los oficialistas, de fortalecer el carácter privado y la naturaleza cooperativa de las cajas de crédito rurales, los bancos de los trabajadores y la federación a que pertenecen dichas entidades.
Según lo explicado en la sesión plenaria, la transformación del sistema de ahorro en el país contempla la creación de dicha normativa, con la que se podrá contar con instituciones financieramente “sólidas, competitivas y funcionales” para satisfacer las demandas de servicios financieros de la población.
Además, otro fin de la normativa es que dichas cooperativas sean reguladas y que cumplan sus objetivos económicos y sociales para garantizar a sus socios una administración de sus recursos de manera eficiente y confiable.
De acuerdo al artículo 7, habrá un límite en la asunción de riesgos con las cooperativas, por lo que las federaciones no podrán conceder créditos ni asumir riesgos por más del 30 % de su fondo patrimonial con una misma cooperativa afiliada.
De acuerdo a lo establecido en la ley, se incorporará a las cooperativas de ahorro y crédito al ámbito de regulación del Banco Central de Reserva (BCR) y a la supervisión de la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF). Bajo esta ley, en la que se deberán cumplir con toda la regulación prudencial aplicable a un intermediario financiero, adicional al sistema FEDECREDITO ingresarán las 23 sociedades que integran FEDECACES a la supervisión de la SSF.
Más temprano, en la plenaria de este viernes, la Asamblea aprobó la Ley de Disolución, Liquidación y Traslado de Funciones del Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo (INSAFOCOOP).
Esta normativa, según se comentó en la Asamblea, permitirá descentralizar las actividades que realiza la institución (creada en 1969 como rector del cooperativismo en El Salvador) y redistribuir sus atribuciones y competencias en entidades especializadas que formen parte de la organización administrativa del Estado.
Básicamente, al dividir las actividades del INSAFOCOOP se logrará “mejorar” la eficiencia operativa, mantener la competitividad y fortalecer el régimen jurídico, de organización, económico y de gestión pública de todo el sistema cooperativo.
El INSAFOCOOP deberá colaborar con la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) enviando toda la información requerida sobre las cooperativas, según lo establece la normativa aprobada, que consta de 22 artículos.
El artículo 8 de la ley señala que tras la descentralización del INSAFOCOOP otras entidades asumirán las atribuciones de este instituto. Las facultades y competencias de esta institución sobre las Asociaciones y Confederaciones de Cooperativas pasarán a las siguientes entidades estatales: Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (CONAMYPE), Ministerio de Vivienda y al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.
Por ejemplo, el Banco Central de Reserva regulará y la Superintendencia supervisará a las cooperativas de ahorro y crédito y a las cooperativas de seguros; mientras que la CONAMYPE supervisará las cooperativas de producción artesanal, de profesionales, de comercialización producción industrial o agro-industrial; y así por sectores.
En la discusión realizada en el pleno, se planteó que se obtendrá mayor atención especializada en función del área económica a la que se dedica la cooperativa. Habrá mayor fomento de la integración cooperativa, dado que se establece la elaboración e implementación de una política de impulso y desarrollo al cooperativismo con apoyo de diferentes entidades del Estado. Establecerá disposiciones especiales para las asociaciones cooperativas de ahorro y crédito, que estarán bajo la regulación de BCR y supervisión de la SSF.