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La Asamblea Legislativa aprobó Disposiciones Especiales y Transitorias aplicables a la importación, fabricación y comercialización de productos sanitarios necesarios para combatir la pandemia por COVID-19. Foto Diario Co Latino/ Cortesía


Asamblea avala importación de pruebas PCR para detectar COVID-19

Yanuario Gómez
@DiarioCoLatino

Con la finalidad de coadyuvar en el combate de la pandemia del coronavirus que afecta al país, la Asamblea Legislativa aprobó Disposiciones Especiales y Transitorias aplicables a la importación, fabricación y comercialización de productos sanitarios necesarios para combatir la pandemia por COVID-19.

Estas disposiciones transitorias permitirán que el país se abastezca de insumos para prevenir contagios, importe pruebas PCR u otras para detectar la COVID-19 y que la población obtenga mascarillas, alcohol gel y otros implementos necesarios para su protección.

La decisión tomada por el congreso salvadoreño faculta a la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM) para autorizar la fabricación, importación y comercialización de los productos que requieren ser utilizados por la población.

Con la medida, se autoriza para que cualquier persona natural o jurídica importe pruebas PCR u otras para detectar COVID-19, test de anticuerpos como IGG e IGM entre otros, certificados por la FDA, ya sea para uso personal o comercialización.

Los importadores deberán cumplir con los estándares nacionales e internacionales establecidos para garantizar la calidad, seguridad y eficacia, y la DNM verificará el cumplimiento de estos.

Mediante el decreto emitido por el pleno legislativo, además, se habilitan, por el período de 120 días contados a partir de la vigencia del mismo, los certificados de buenas prácticas de manufactura de los laboratorios farmacéuticos, cosméticos e higiénicos.

En otro tema, los legisladores modificaron la Ley del Fondo de Conservación Vial (FOVIAL) a efecto de que se atienda exclusivamente el mantenimiento de toda la red vial.

La enmienda contempla que, a partir del próximo año y en los subsiguientes, el Ministerio de Hacienda transferirá al FOVIAL el monto equivalente a $0.10 de dólar por galón de diésel, gasolinas y sus mezclas con carburantes para la conservación de su poder adquisitivo.

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