Alessia Genoves
Colaboradora
La Asamblea Legislativa aprobó, recientemente, con 61 votos a favor y dispensa de trámite, una serie de reformas al Código Tributario contenidas en la Pieza 6-A. Dichas reformas están orientadas a la formalización de los requerimientos de la administración tributaria, la facturación y la identificación de beneficiarios y sus empresas u organizaciones, que se establecen específicamente en los artículos 114 y 119 del Código Tributario.
Hasta el mes de enero de 2024, el país reporta un incremento en los ingresos tributarias. De modo que los ingresos totales pasaron de los $584.16 millones de dólares a los $762.03 millones de dólares desde enero de 2023 a enero de 2024, respectivamente. La tendencia indica un incremento del 23.34%, principalmente en los ingresos corrientes, e indica un fortalecimiento de las arcas del Estado.
Reformas tributarias
Los artículos 114 y 119 del Código Tributario fueron modificados sustancialmente. El artículo 114 original establecía que en las operaciones iguales o superiores a $200 se debía hacer constar en la factura original los nombres, firmas y número de DUI de quien entrega y de quien recibe el documento. La reforma a este artículo modifica el monto a $25,000 e incorpora la obligación de incluir el Número de Identificación Tributaria (NIT) o Documento Único de Identidad (DUI) del receptor del bien o servicio, independientemente del monto de la operación. Asimismo, se establece que el requisito de identificación también aplica a cualquier operación o transacción múltiple realizada con un mismo sujeto en un período de 10 días, cuyo monto acumulado iguale o supere los $25,000.
Por otro lado, en el artículo 119-G también se realizaron modificaciones en la misma línea. Se agregó que a partir de operaciones de $25,000 se deberá hacer constar en la factura el NIT o DUI del adquirente del bien o servicio. Además, este requisito aplica cuando las facturas se utilicen para documentar deducciones de costos o gastos, independientemente de su monto. Al igual que en el artículo 114, se establece que el requisito de identificación aplica a operaciones o transacciones múltiples acumuladas en 10 días que igualen o superen los $25,000. Estos cambios representan un endurecimiento de los requerimientos de formalización y un mayor control por parte de la administración tributaria sobre contribuyentes y beneficiarios finales.
Crecimiento de ingresos tributarios continúa en 2024
De acuerdo a estadísticas de la ONEC, los ingresos tributarios del gobierno central mantienen una tendencia creciente durante los primeros meses de 2024. Es así que en enero de 2024 los ingresos tributarios alcanzaron los $744.77 millones, monto que representa un crecimiento de 31.5% comparado con enero de 2023 cuando se registraron $566.38 millones por este concepto.
Dentro de los ingresos tributarios, el mayor incremento se observa en los impuestos sobre la renta, los cuales pasaron de $236.76 millones en enero 2023 a $351.71 millones en enero 2024, equivalente a un crecimiento de 48.5%, convirtiéndose así en la principal fuente de ingresos tributarios del gobierno central.
En cuanto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), éste registró un aumento más moderado al pasar de $261.23 millones en enero 2023 a $317.58 millones en enero 2024, representando un crecimiento de 21.6% en términos inter-anuales.