Samuel Amaya
@SamueAmaya98
La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia de la Asamblea Legislativa acordó citar al Gabinete de Seguridad y FGR para estudiar una propuesta para emitir “Disposiciones Transitorias para la Legalización de Armas de Fuego en El Salvador”, que busca controlar y regular el uso, el almacenamiento y la operación de estas, a fin de “prevenir delitos”.
Según mencionaron los legisladores, buscan tener un control de las armas de fuego que circulan en el país, ya que en muchas situaciones y por diversos motivos existen armas que no están registradas en el Ministerio de Defensa Nacional.
El diputado oficialista, Caleb Navarro, comentó que las disposiciones garantizarán la obligatoriedad de comprobar que las armas que se registren no estén vinculadas a actividades delictivas. “Esto ayudará a evitar armamento ilegal, mejorando la seguridad y la tranquilidad de la población”.
Estas disposiciones facilitarán el registro de las armas de fuego, extendiendo para estas matrículas de tenencia, conducción y portación y colección de armas de fuego. Es de contextualizar que actualmente se regulan en el artículo 4 de la actual “Ley de control y regulación de armas, municiones, explosivos y artículos similares”, aprobada en julio de 1999.
Las disposiciones, actualmente en estudio, permitiría registrar las armas reguladas en el artículo 7 de la normativa, revólveres y pistolas de acción mecánica o semiautomática, fusiles y carabinas, escopetas y armas de colección.
Francisco Villatoro, miembro de la Comisión de Seguridad, sostuvo que “muchos salvadoreños, debido a la violencia que se vivió en el país, optaron por defenderse ellos mismos, ya que sufrían el abandono de las autoridades. Por ello, adquirieron armas para protegerse de los robos, las extorsiones y los asesinatos”.
Según explicó Villatoro, el objetivo de estas disposiciones es establecer un control de las armas para identificarlas y legalizarlas, en caso de que su posesión sea irregular. Quienes no las registren en el plazo establecido, tendrán consecuencias graves. Las personas que opten por realizar los trámites para registrar las armas, según el Art.6 se acogerán en las disposiciones siguientes: No se ejercerá acción penal o civil en contra de las personas que resultaren beneficiadas por este decreto, por delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de arma de fuego. A que se les proporcione una copia del acta debidamente detallada de la entrega de las armas firmada y sellada por el Ministerio de la Defensa Nacional.
Será un máximo de dos armas por ciudadano. El decreto transitorio estaría vigente hasta diciembre de 2024 pero antes de aprobarlo llamarán a funcionarios. Para ello, han citado a representantes del Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, Policía Nacional Civil, y Fiscalía General de la República.
“El espíritu de esta iniciativa es tener con claridad el registro de cuántas armas circulan en el país. Sabemos que muchas personas obtuvieron armas de fuego para defenderse de los criminales, ahora podrán legalizarlas”, concluyó Walter Coto, miembro de la mesa de trabajo.