Yanuario Gómez
@DiarioCoLatino
Con la finalidad de garantizar los derechos laborales de quienes trabajan en modalidad no presencial; es decir, desde su hogar, la Asamblea Legislativa aprobó durante sesión plenaria la Ley de Teletrabajo.
Los legisladores consideraron importante la aprobación de este marco normativo, ya que brinda a los salvadoreños la posibilidad de laborar para alguna empresa privada o institución pública sin descuidar la salud y bienestar familiar.
La legislación en comento únicamente modifica la forma en que los empleados prestan su servicio al patrono, no así garantías laborales como prestaciones sociales, previsionales, libertad sindical, seguridad ocupacional y demás prestaciones legales.
“La ley aprobada regula la modalidad de teletrabajo que ya existe en el país, pero no contaba con una regulación especial; esta legislación establece la forma de contrato, mecanismo para pasar de modalidad presencial a teletrabajo, entre otras”, dijo Daniel Reyes, diputado de FMLN.
Reyes sostuvo que, si bien el partido de izquierda aportó varias modificaciones a la ley que fueron tomadas en cuenta por la comisión que la construyó, una de las principales inconformidades y el motivo por el que al final decidieron abstenerse de votar tiene que ver con la posibilidad de que las empresas trasladen el costo de herramientas y equipo a los trabajadores.
La normativa detalla que la implementación de esta modalidad es estrictamente voluntaria, tanto para el trabajador como para el patrono, y debe existir un acuerdo entre las partes donde se establezcan los términos y condiciones en que se ejecutarán las labores, las obligaciones, los derechos y responsabilidades que deben asumir las partes.
“A la comisión invitamos a personas que ya implementan esta modalidad en sus empresas, incluimos a los sindicatos y sectores que creen importante que se aplique en el país. Esta es una herramienta necesaria en estos momentos para que los trabajadores puedan desarrollar sus actividades diarias desde sus casas”, afirmó Marcela Villatoro, diputada de ARENA.
Entre las fracciones parlamentarias hubo una discordancia consistente en que la legislación puede contener vacíos que permitan a las empresas trasladar los costos de operación a sus empleados.
Este impase derivó en que el FMLN se abstuviera de votar sobre la normativa, al considerar que el artículo 9 vulnera derechos laborales, referente a las obligaciones de los teletrabajadores.
La normativa incluye una disposición transitoria y es que, en caso de emergencia nacional, calamidad pública, régimen de excepción o suspensión de derechos constitucionales y desastres naturales, se omitirá lo establecido en el artículo 7, relativo a la agenda de teletrabajo (agregados al contrato inicial donde se estipulan las condiciones, obligaciones, derechos y responsabilidades de trabajo).