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Plenaria legislativa. Foto Diario Co Latino.

Asamblea Legislativa aprueba leyes para protección del derecho humano

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La Asamblea Legislativa aprobó una serie de leyes y reformó artículos de la legislación penal para la protección del derecho humano, generic como la Ley de Reparación de Daño Moral, tadalafil la imprescriptibilidad del delito de abuso sexual a menores y encarcelamiento para padres y madres irresponsables.

En una jornada cargada de dictámenes favorables de diversas comisiones legislativas, el congreso aprobó la Ley de Reparación por Daño Moral, que aunque no lleve a la cárcel a los implicados en estos ilícitos, como calumnia, difamación e injuria, permite la realización de juicios civiles a éstos.

La nueva legislación contempla como delitos contra la moral, aquellas acciones realizadas por “acción u omisión ilícita, intencional o culposa, en los ámbitos civil, mercantil, administrativo, penal o de otra índole que afecte los derechos humanos o los derechos de la personalidad de la víctima”.

Además, “cualquier exceso de los límites de la buena fe en el ejercicio de un derecho legítimo que causa daño a otro”, así como “las imputaciones injuriosas, calumniosas o difamatorias contra el honor o la vida privada de una persona, a menos que se pruebe la verdad de la imputación”.

Cargas al Estado

También prevé que el Estado indemnizará a las víctimas de “errores judiciales debidamente comprobados”, por la “retardación de justicia”, así como cuando se establezca que ha habido “violación de los derechos constitucionales y los derechos reconocidos por tratados internacionales vigentes y las leyes secundarias”.

Sin embargo, aclara que el funcionario público en esos ilícitos “tendrá responsabilidad personal y el Estado responderá de manera subsidiaria”, aunque advierte que “el Estado será el obligado principal si no existe culpa o dolo del funcionario público o cuando éste procede con sujeción a una ley y en cumplimiento de sus disposiciones”. “Si el Estado ha debido realizar el pago de una indemnización por subsidiaria – advierte la legislación -, tendrá derecho de repetición contra el funcionario o empleado responsable en la vía directa”.

La Ley de Reparación por Daño Moral establece que las personas sujetas a los beneficios de la legislación, son “personas naturales que sufren el perjuicio y no tengan la obligación jurídica de soportarlo”, así como las “personas jurídicas”, como las empresas, organizaciones o instituciones en general,  “tienen derecho a reparación de daño moral si la acción u omisión afecta de manera significativa su crédito o su reputación comercial o social”.

“El derecho a la reparación por daños morales es personalísimo”, advierte la legislación, que también establece que el derecho de reclamo por ese ilícito “puede cederse o transmitirse por causa de muerte”.

Los medios

La nueva legislación también advierte que los Medios de Comunicación que incurran en delitos contra la moral, deberán “sufragar los gastos para que la víctima ejerza su derecho de rectificación y respuesta, en las mismas condiciones de la publicación que dio origen al daño moral.

Además, solicitar a las víctimas “disculpas públicas en las mismas condiciones de la publicación original”.

También establece que los montos económicos de indemnización de víctimas de daño moral, “deberá fijarse atendiendo criterios de equidad y razonabilidad y tomando en cuenta las condiciones personales del afectado y del responsable, así como las circunstancias del caso y especialmente la gravedad del hecho y la culpa”.

Hacienda

También advierte que las empresas o personas que “simule o contribuya a simular la existencia de daños de carácter moral con el propósito de obtener ventajas de la Hacienda Pública, incurrirá en responsabilidades civiles, penales o administrativas” y obliga a “todo funcionario o empleado público… a dar aviso o a denunciar los hechos ante la Fiscalía General de la República”.

Delitos por Abuso Sexual

El congreso también aprobó reformas al Código Penal y Procesal Penal para que el delito de abuso sexual a menores no prescriba, “con el fin de erradicar y contribuir con el combate de los delitos cometidos contra la libertad sexual de menores y de cumplir con una verdadera justicia para ellos”.

Las reformas a ambas leyes penales establecen que la imprescriptibilidad del delito en casos de secuestro, genocidio, violación de leyes o costumbres de guerra, desaparición forzada de personas, persecución política, ideológica, racial, por sexo o religión “y los delitos cometidos contra la libertad sexual de menor o incapaz”.

Arresto para irresponsables

Los legisladores también endurecieron penas contra padres y madres irresponsables en el “incumplimiento de los deberes de asistencia económica” a sus hijos,  delito que será sancionado con 24 a 48 fines de semana de arresto.

Además, aprobaron que los padres y madres irresponsables que eludan el cumplimiento de sus obligaciones “mediante tretas u otro medio de engañar, ocultare bienes, adquiriera créditos, se trasladare al interior de la República o al extranjero sin dejar representante legal o bienes en cantidades suficientes para responder, será sancionado con prisión de 1 a 3 años e inhabilitación especial para el ejercicio de la autoridad parental por el mismo período”.

También los legisladores acordaron sancionar con 90 a 150 días de multa a los padres y madres que “incumplan el pago de la pensión compensatoria de sus hijos”.

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