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Asamblea pide incrementar penas de prisión para líderes de pandillas

Redacción Nacionales
@DiarioCoLatino

La Asamblea Legislativa estudiará reformas a la Ley Contra el Crimen Organizado a fin “de modificar algunas disposiciones relacionados con la incorporación de elementos probatorios que deben someterse a valoración judicial” en esta se incrementa la pena de prisión para los líderes de pandillas. También, el Legislativo estudiará disposiciones para “ordenar” el procesamiento de imputados detenidos en el régimen de excepción.

Estas normativas fueron presentadas por el gabinete de seguridad durante la semana, justamente cuando se pidió la décimo sexta prórroga al régimen de excepción; tanto las reformas a la Ley Contra el Crimen Organizado como las disposiciones transitorias serán evaluadas por la Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa.

Las reformas tratan en incrementar las penas para líderes de pandillas; según el proyecto de decreto se busca incrementar en dos terceras partes la pena máxima para los líderes de estructuras terroristas. Es de contextualizar que el crimen organizado se considera como una forma de delincuencia que proviene de algún grupo estructurado de dos o más personas.

Actualmente, para los creadores, organizadores, jefes, dirigentes, financistas o cabecillas de pandillas tienen una pena de prisión de 40 a 45 años; según lo aprobado por la Asamblea a finales de marzo de 2022, pues aprobó reformas al Código Penal precisamente para incrementar las penas. En caso de aprobarse por el pleno, un líder de pandilla podría recibir hasta 75 años de prisión. Uno de los puntos de relevancia es que se modifica el artículo 6A para establecer que “la denuncia o cualquier información relevante y pertinente vinculada a los delitos a los que se refiere la ley obtenida por las autoridades competentes constituirá prueba documental”. Además, establece que “el acta de entrevista que realicen los agentes policiales en el transcurso de las investigaciones cumpliendo formalidades de la ley, será incorporada, por su lectura en audiencia, y valorada como prueba”.

Actualmente, la denuncia presentada ante sede policial o fiscal por la víctima de los delitos a los que hace alusión la ley, constituye prueba documental.

En cuanto a las disposiciones especiales y transitorias es para, según el gobierno, “ordenar el procesamiento” de los 65 mil imputados hasta la fecha, pues suman alrededor de 3,200 imposiciones de medidas las cuales ha presentado la Fiscalía General de la República (FGR).

El ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, planteó que esas 3 mil solicitudes se comprimirán en alrededor de 300 casos. Las disposiciones tienen por objetivo “regular el procedimiento que se debe llevar a cabo para el sometimiento de imputados a un solo proceso penal, por su pertenencia a una misma estructura terrorista o agrupación ilícita, y que hayan sido capturados dentro de la vigencia del régimen de excepción”.

“Para el sometimiento de imputados a una sola causa en virtud de su pertenencia a la organización, se tendrán en cuenta cualquiera de los siguientes criterios: estructura, denominación, funcionamiento, territorio u otros que resulten aplicables a criterio fiscal, de acuerdo con los elementos indiciarios con que se cuente para ello”.

Se estima que el lunes 17 de julio, los legisladores estudien dichos paquetes de reformas.

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