Alessia Genovés
Colaboración Diario Co Latino
La Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Legislativa discutió la aprobación de la “Ley de Integración de Funciones del CONMIGRANTES al Ministerio de Relaciones Exteriores”, que busca principalmente, la integración de esta dependencia al Ministerio de Relaciones Exteriores. Y también la creación del Viceministerio de Diáspora y Movilidad Humana, que asumirá las funciones del Consejo Nacional para la Protección y Desarrollo de la Persona Migrante y su Familia (CONMIGRANTES).
Para la diputada del partido Nuevas Ideas, Ana Figueroa, la integración COMIGRANTES busca que “los procesos -administrativos- se realicen de manera más ordenada y respondiendo a la legislación actual”. La propuesta de ley recibió el Dictamen Favorable de la Comisión, tras ser discutida por un grupo de expertos. La propuesta plantea algunos aspectos favorables y controversias.
Entre los aspectos favorables destacado en el artículo 4 del decreto legislativo se establece que el Viceministerio de Diáspora y Movilidad Humana del Ministerio de Relaciones Exteriores asuma las funciones que ejercía CONMIGRANTES.
Esto, según los diputados, puede significar darle una mayor relevancia a la temática migratoria al ser absorbida por una dependencia ministerial de alto nivel.
Además, con la absorción de las competencias de CONMIGRANTES por el Viceministerio se podrían generar beneficios en términos de coordinación interinstitucional, al integrarse en la estructura orgánica de un ministerio con amplias competencias en política exterior. El artículo 7 establece que los ingresos que recibía CONMIGRANTES por el cobro de la tasa de salida del país se trasladarán al Fondo General del Estado, lo que significaría una mayor transparencia en el uso de esos recursos al incorporarse al presupuesto nacional.
En el caso de las Controversias este decreto señala directamente la disolución de CONMIGRANTES, eliminando su autonomía institucional como entidad descentralizada del Estado dotada de personalidad jurídica propia, tal como estaba establecido en el Decreto 655 de 2011 (art. 6 y 8).
Además, la absorción de competencias por el Viceministerio podría implicar una limitación presupuestaria, ya que CONMIGRANTES contaba con patrimonio y presupuesto propios, según Decreto 655 (arts. 8 y 39).
Esta decisión legislativa no menciona qué sucederá con el Plan Estratégico para la Protección y Desarrollo de la Persona Migrante Salvadoreña y su Familia, que el Decreto 655 enco0mendaba a CONMIGRANTES (art. 26).
Y no menciona la continuidad de programas como el Proyecto de Consulta y Asistencia Humanitaria Educación y Servicios de Salud para la Persona Migrante y su Familia (art. 28), el Fondo Especial de Re-patriación de Fallecidos y Heridos (art. 29), entre otros.