Samuel Amaya
@SamuelAmaya98
La Asamblea Legislativa aprobó hoy reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial que aumenta las multas de las infracciones de conductores de vehículos particulares, motociclistas y transportistas.
Según Nuevas Ideas y aliados, las reformas buscan “proteger la vida” de los salvadoreños y se pretende “cambiar el comportamiento”, de los conductores.
Estas serían algunas de las infracciones leves con una multa de $50: Virar en «U» donde no es permitido. Sobrepasar a otro vehículo sin antes indicar la maniobra. Circular con las placas no visibles. No portar tarjeta de circulación. Circular con tarjeta de circulación vencida. Conducir con licencia vencida. No portar licencia de conducir, entre otras.
Algunas de las infracciones graves con una multa de $100 serían estas siguientes: Conducir describiendo curvas o haciendo «zig-zag». No ceder el paso a vehículos de emergencia, cuando tienen activadas las sirenas y señales rotativas luminosas. No disminuir la velocidad en zonas restringidas tales como: colegios, escuelas, hospitales, centros deportivos, mercados. Aumentar la velocidad cuando otro vehículo trate de sobrepasar. Conducir con licencia inadecuada al tipo de vehículo, entre otras.
Las infracciones muy graves con una multa de $150 serían estas siguientes: Conducir en sentido contrario, salvo cuando se sobrepase a otro vehículo en las zonas y momentos permitidos. Circular a mayor velocidad que la reglamentaria. Disputarse la vía con otro vehículo. Conducir el vehículo bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes o enervantes. Negarse a la realización de pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol, drogas, estimulantes o estupefacientes u otras sustancias análogas.
También, las multas para los transportistas se clasifican en leve, graves y muy graves con $50, $100 y $150 respectivamente.
Las leves serán: No llevar la tarifa en lugar visible. Estacionarse más tiempo de lo necesario para subir o bajar pasajeros. No devolver el cambio a los pasajeros cuando éstos cancelen con billetes de alta denominación. Emprender la marcha sin dar tiempo suficiente para que suba o baje el pasajero.
Graves: Efectuar parada en lugares no autorizados y alejados de la cuneta y la acera. Bajar o subir pasajeros en tales lugares o esquinas. Obligar a los pasajeros del transporte colectivo público a bajar en las unidades por que no se tiene cambio. Circular con música estridente. Conducir con las puertas abiertas, entre otras.
Muy graves: No portar los permisos de operación de línea. No portar números de ruta y rótulos del lugar de origen y destino en vehículos de transporte público de pasajeros, o de óvalos en vehículos de alquiler. Alterar las tarifas autorizadas por las autoridades. Disputarse pasajeros poniendo en peligro la seguridad vial, entre otras.