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Aumento del iva, la edad de jubilación y los años de cotización, son una contradicción con el aumento al salario mínimo, esto se llama neoliberalismo guanaco

Carta Económica
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A partir del 1 de enero de este año ha entrado en vigencia el incremento del salario mínimo acordado en el Consejo Nacional del Salario Mínimo, con el que los salarios alcanzan los 200 dólares mensuales para el sector agrícola, 295 dólares para el sector textil y 300 dólares para la industria, comercio y servicios. Este incremento representa un beneficio para 367,863 hogares, que representan el 19.9% del total de hogares en el país.

Este acuerdo fue alcanzado entre Gobierno y trabajadores, luego que los representantes de la empresa privada se retiraran de las discusiones por su desacuerdo con la elección de dos representantes propietarios y dos suplentes de los trabajadores. El proceso de ir en la ruta de tener solo un salario mínimo es correcta y eso se ve en estos aumentos aprobados.

A la base del desacuerdo del sector empresarial, principalmente la ANEP, se encuentra la relación de fuerzas de la burguesía oligárquica y las transnacionales. Los ideólogos de la derecha argumentan que los aumentos al salario mínimo tienen efectos negativos en las ganancias y el rendimiento de sus empresas, dejando de lado el hecho de que los salarios formales pagados representan solo el 25% de la producción anual del país, pero además debemos entender, de una vez por todas, que el capital tiene como misión explotar el trabajo, no beneficiarlo, no existe el capitalismo benefactor del trabajador, el capitalismo es salvaje, y ese es el  papel de la ANEP: defender ese capitalismo.

Es tan retrograda esta gremial empresarial que incluso Adam Smith, uno de los principales autores del liberalismo clásico (a quien se le recuerda por aquello de la mano invisible del mercado), advierte sobre las verdaderas motivaciones que generalmente se esconden detrás de las propuestas de las asociaciones empresariales.

“Los planes y los proyectos de las personas que emplean capitales, regulan y dirigen las operaciones más importantes del trabajo, y la ganancia es el fin que se proponen con semejantes especulaciones. (…) Por consiguiente, el interés de esta clase (la de los propietarios capitalistas) no se haya íntimamente relacionado, como el de las otras dos (trabajadores asalariados y propietarios de la tierra), con el general de la sociedad. Los comerciantes y los fabricantes son, dentro de esta clase, las dos categorías de personas que emplean, por lo común, los capitales más considerables y que, debido a su riqueza, son objeto de la mayor consideración por parte de los poderes públicos. (…) Toda proposición de una nueva ley o de un reglamento de comercio, que proceda de esta clase de personas, deberá analizarse siempre con la mayor desconfianza, y nunca deberá adoptarse, como no sea después de un largo y minucioso examen, llevado a cabo con la atención más escrupulosa a la par que desconfiada. Ese orden de proposiciones proviene de una clase de gentes, cuyos intereses no suelen coincidir exactamente con los de la comunidad, y más bien tienden a deslumbrarla y a oprimirla, como la experiencia ha demostrado en muchas ocasiones”1.

Los salarios deben responder a las condiciones que permitan la reproducción de la fuerza de trabajo, las condiciones mínimas que aseguran la capacidad de trabajar (para el capitalista le es indiferente si se tiene una vida digna, si es posible que siga creando valor), estas condiciones corresponden a un contexto histórico determinado, de modo que no existe una valoración abstracta de la fuerza de trabajo para cualquier sociedad capitalista, sino que es expresión, de un lado, del desarrollo de las fuerzas productivas, y de otro, de la profundidad de la contradicción capital-trabajo.

De esta manera, la expansión de la participación en la distribución del ingreso de una clase es manifestación de su capacidad de actuación como tal. Así, la búsqueda por la flexibilización laboral, como mecanismo de incremento de la tasa de explotación, es un mecanismo de imposición del capital sobre el trabajo.

En el mismo sentido, la lucha obrera por los salarios mínimos implica un reconocimiento por un mayor valor de la fuerza de trabajo. Sin embargo, si el incremento salarial es acompañado por inflación, se mantiene la posición relativa de clase.

El capital, como relación social, implica una vinculación de poder entre los poseedores de capital y trabajadores, poseedores solamente de su fuerza de trabajo. La relación capital-trabajo es, para el primer componente, una condición para la acumulación, mientras que para el segundo, una condición para su reproducción.

Así, el trabajo permite las condiciones de acumulación del capital y, por tanto, a medida se desarrolla la relación capital-trabajo se profundiza una polarización en la estructura distributiva y en términos de subordinación de una clase por otra, lo que se vuelve más evidente en coyunturas de pugnas salariales.

En El Salvador, fue hasta 1950, y como fruto de la lucha del Comité de Reorganización Obrera Sindical (CROS), que se estableció el salario mínimo en la Constitución. El CROS había nacido cuatro años antes con el objetivo de reconstruir el movimiento sindical, extinguido durante la dictadura del general Martínez.

Durante los debates de la Asamblea Constituyente, luego de los sucesos de 1948, las organizaciones obreras afiliadas al CROS mantuvieron una amplia movilización de trabajadores, día y noche, en la Asamblea Legislativa. Acampaban allí junto a organizaciones estudiantiles y otras agrupaciones progresistas, y en ocasiones, sin ser asambleístas, tomaban la palabra y planteaban sus ideas y posiciones.

Durante los siguientes 50 años, el salario mínimo fue revisado supuestamente cada tres años, siendo este el margen máximo establecido en la ley. Pero revisión no quiso decir siempre aumento. Por ejemplo, entre 1979 y 1986 los salarios mínimos del trabajo en el campo no tuvieron ningún aumento, y desde 1998 a 2003 no lo hubo en ningún rubro de la economía.

La Constitución de la República de El Salvador, en su artículo 38, establece que “todo trabajador tiene derecho a devengar un salario mínimo, que se fijará periódicamente. Para fijar este salario se atenderá sobre todo al costo de la vida, a la índole de la labor, a los diferentes sistemas de remuneración, a las distintas zonas de producción y a otros criterios similares. Este salario deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales del hogar del trabajador en el orden material, moral y cultural.”

Como puede verse, el salario mínimo es inconstitucional, dado que ese solo cubre los requerimientos mínimos calóricos de la población para no entrar en procesos de desnutrición, esto quiere decir que no satisface las necesidades normales del hogar del trabajador en el orden material, moral y cultural. La Constitución nunca ha sido respetada en la política de salarios mínimos que se han mantenido en el país durante los diferentes Gobiernos.

No obstante, el aumento logrado es un paso importante, dado que por primera vez los salarios mínimos acordados son capaces de cubrir una canasta básica alimentaria. Sin embargo, la lucha por la determinación de los salarios debe continuar. La canasta básica alimentaria (CBA) recién cubierta, solamente la integran 11 productos alimenticios básicos, en las cantidades que satisfagan un mínimo calórico, y para el sector rural son apenas 9 productos, es decir, es apenas lo necesario para estar biológicamente vivo, sin tomar en cuenta una nutrición saludable y variada, y menos las condiciones  morales y culturales (y materiales en su sentido completo); es así que, otras necesidades que a la gran empresa privada le parece que no son básicas, como vivienda, educación, salud, y menos aún, oportunidades para desplegar todo el potencial de las familias a través de actividades de desarrollo personal (cultura y deporte o recreación).

Todavía hace falta mucho para que un salario mínimo sea capaz de satisfacer las necesidades normales del hogar de la familia trabajadora, como establece la Constitución; según los costos de vida de la encuesta de hogares, una familia, para tener un salario que le garantice lo que la Constitución le asigna, debería percibir un ingreso por familia de entre 780 y 900 dólares mensuales, o sea, el gran avance logrado, es que por primera vez en la historia de los salarios mínimos en El Salvador, la población campesina tendrá la posibilidad de salir de la miseria, la desnutrición, es decir, su familia podría comprar las calorías necesarias; eso sí, no podría comprar ropa, zapatos, ir a la escuela, enfermarse, tener casa, utilizar transporte público, etc., etc., etc.

Con los incrementos aprobados, en el sector urbano (comercio, servicios e industria) se percibe un salario mínimo en el que a la familia trabajadora le quedan 105 dólares para buscar cubrir todas las otras necesidades que la Constitución establece, pero sin duda, con esa cantidad no se logra, por lo que estos sectores seguirán viviendo entre la pobreza y la pobreza extrema (miseria).

Aun así, las gremiales empresariales se han colocado en ofensiva directa contra el poco terreno ganado por la clase trabajadora, argumentan que esto afectaría negativamente la inversión y desincentivaría, en consecuencia, la generación de empleo. Nuestras investigaciones indican que el aumento del salario mínimo y el nivel de empleo no se contradicen, y que ese aumento tiene un efecto muy limitado sobre el empleo; además, en todos los países centroamericanos donde hay salarios mayores que en El Salvador, la inversión y el PIB también son mayores. En realidad, los salarios componen solamente el 22% de los costos de producción de las empresas del país, y en el agro representan solo un 15%-18%.

Otro argumento para no aumentar el salario mínimo significativamente, es que haría subir la inflación, sin embargo, en 2011 hubo un aumento del salario en 4% y del 4% anual para 2013, 2014 y 2015, lo que significó un incremento del 16% entre 2011 y 2015, mientras en ese mismo período la inflación fue solo del 2%. Y esto es así porque vivimos en un capitalismo primitivo fundamentado en la sobreexplotación del trabajo, con mínimo desarrollo de las fuerzas productivas en los sectores generadores de riqueza; pero sí en un consumismo, y aumento del comercio y servicio para quienes viven de comprar usado (que son la mayoría) y quienes compran las cosas nuevas (que son una minoría).

La ANEP se ha encargado de colocar en la opinión pública, a través de sus medios de comunicación que utilizan como portavoces, una situación de insostenibilidad y crisis en todos los temas que ven perjudicados sus intereses, lo mismo está sucediendo con el salario mínimo; incluso, han buscado que la Sala de lo Constitucional declare inconstitucional el incremento. Valga recordar que los miembros de esta Sala han demostrado ya que sus decisiones no se encuentran apegadas a los intereses de la clase trabajadora. Si la Sala de lo Constitucional fuera coherente con la Constitución y velara realmente por su cumplimiento, debería declarar inconstitucionales los salarios mínimos aprobados y exigir lo que la Constitución mandata, para lo cual el salario mínimo, en primer lugar, debería ser único y universal, y, en segundo lugar, representar un monto de entre 780 y 900 dólares mensuales.

Más de una docena de federaciones y organizaciones sindicales del país lanzaron un llamado de advertencia a la empresa privada para que respete el acuerdo de incremento, entre las organizaciones que participaron en concentración pública, destacan la Confederación Sindical de Trabajadores Salvadoreños (CSTS), la Unión Nacional de Trabajadores Salvadoreños (UNTS), la Federación Sindical de Trabajadores del Sector Público (FESITRASEP), el Frente Nacional Agrario (FNA), la Concertación Popular por un País sin Hambre y Seguro (CONPHAS) y el Frente Sindical y Social Salvadoreño (FSSS), entre otras organizaciones.

CONFRAS, realizó una conferencia de prensa para ofrecer también el respaldo al incremento del salario mínimo en el sector agropecuario, especialmente en los sectores de caña de azúcar y café, la Alianza Social por la Gobernabilidad y la Justicia (ASGOJU), que aglutina numerosas organizaciones del movimiento social salvadoreño, pidieron a la Sala de lo Constitucional que no suspenda la aplicación del incremento.

La Concertación Popular por un País sin Hambre y Seguro (CONPHAS) denunció ante el Ministerio de Trabajo a una serie de empresas privadas que no estarían cumpliendo el aumento al salario mínimo, entre las empresas denunciadas por la organización están: Hotel Intercontinental (con la práctica de doble planilla), Agroindustrias Gumarsal, Inversiones Vida, S.A. de C.V. (Agua Alpina), Industrias Caricia, las empresas de Maquila Textil, Ocean Aparel (OA) de Olocuilta, Textiles de San Marcos y Textiles Opico (TexOps), entre otras empresas.

Ante la crisis económica del país, que camina hacia un quiebre, y que si no se corrige adecuadamente puede llegar a una irrupción social, además del problema del salario mínimo, el fantasma del FMI vuelve a aparecer, lo que implica que los asalariados y los pobres paguen la crisis. Una de las principales medidas que están proponiendo, y que el Ministro de Hacienda ya anunció, es subir el IVA; se dice que pueden ser dos o tres puntos, o sea, llevar el IVA a 15% o 16%, esto sin duda será un duro golpe para el pueblo si se aprueba, y el avance logrado, aunque modesto, con los salarios mínimos inconstitucionales, en buena parte se irían a la basura.

Hemos venido demostrando, acá, en ADESES, como un equipo de pensamiento de izquierda, a través de la cartaeconomica.com, que la política fiscal neoliberal recae sobre los hombres de los hogares, mientras la burguesía oligárquica y las transnacionales gozan un paraíso fiscal. Es así que, para mantener este paraíso fiscal, se propone subir el IVA. En el esquema impositivo actual, la carga tributaria de los hogares es en términos efectivos del 26.5% de sus ingresos, mientras que las empresas pagan solo el 4.2% de su excedente bruto de explotación en concepto de impuestos.

Si se aplican las medidas que el FMI está presionando por tomar en cuanto al IVA, los hogares incrementarían su aporte a la fiscalidad del Estado con otros 300 y 450 millones de dólares, además de los US$ 3,271 millones ya aportados, mientras que los capitalistas seguirán aportando solo US$ 847 millones, y la situación no cambiaría. Siendo así, el aporte de los hogares (de sus ingresos) aumentaría entre  26 y 30  centavos por dólar, esto en concepto de consumo gravado por IVA de productos con impuestos específicos y otras contribuciones especiales. Estos cambios impactarían sobre todo a las familias que perciben menores ingresos, incluso, si suponemos que las familias que perciben el salario mínimo no hacen ningún otro aporte que el IVA por consumo, el salario mínimo neto que percibirían en comercio y servicios sería de 255 dólares, con una tasa de impuestos del 15%, y el salario de 252 dólares tendría una tasa impositiva del 16%. Para el sector agrícola, el salario mínimo neto percibido sería de 170 y 168 dólares, esto si se dieran con los incrementos de las tasas de 15% o 16%.

Frente a esto, es necesario tener en cuenta que lo importante, para lo que nos ocupa, es que, lejos del mundo de las armonías universales con que nos quieren entretener, la relación salarios/alza de precios está atravesada por una situación que, sin duda, nos llevará a un conflicto social, como ya se han dado en nuestra historia, esto si no se corrige la brújula y se deja a un lado al FMI; no se pueden negociar los intereses del proletariado con la burguesía nacional y transnacional. En todo esto, por supuesto, la teoría no es neutral y el FMI tiene clara la teoría de los intereses del capital, por eso, no se trata de una simple discusión académica, el telón de fondo del asunto pasa por la lucha de clases sociales enfrentadas; y en esto cada quien toma partido, nosotros con estos escritos defendemos al proletariado, al campesinado, a la ama de casa humilde, a los microempresarios, es decir, a la clase trabajadora.

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