Gloria Silvia Orellana
@DiarioCoLatino
La reciente propuesta de una reforma al Código Procesal Penal, que busca ampliar el tiempo del “arresto preventivo”, presentada por el ministro de Justicia y Seguridad Pública, Gustavo Villatoro, ha sido rechazada por las organizaciones defensoras de los Derechos Humanas.
La propuesta será conocida por la Comisión Política de la Asamblea Legislativa, que cuenta con la mayoría de los votos del partido oficial Nuevas Ideas, para su aprobación inmediata.
Verónica Reyna, directora del Servicio Social Pasionista (SSPAS), manifestó que pese a que no ha tenido acceso a esos documentos “por la falta de transparencia y de rendición de cuentas de la Asamblea Legislativa, sabemos de la visita del ministro de Justicia y Seguridad, que presentó el paquete, se han reunido con el fiscal general de la república, para dar sus valoraciones. A nosotros nos preocupan las intenciones, pero debemos de analizarlas bien, ¿Cuál es el tipo de reforma que se está proponiendo?, y cómo afectará a la población”, dijo.
El estudio de las reformas, que inició desde la semana anterior, ha propuesto cambios al artículo 8 del Código Procesal Penal, que cambiaría los “plazos de detención provisional”, ya que en la actualidad por una “pena leve” la detención provisional no debe sobrepasar un año. Y los “delitos graves” no se extenderán más de 2 años.
Y la propuesta de reforma considera para los “delitos leves” que no podrán ir más allá de la mitad de la pena máxima dispuesta por “delitos imputados”. Y será la misma situación para “delitos graves”, si la pena máxima es de 10 años, la detención durará 5 años.
“Se han dado distintas prórrogas que han ido atrasando la investigación penal de las personas detenidas en el régimen de excepción, llegando a que las personas estén más de 2 años detenidas, sin que les haya determinado el cometimiento de un delito, esto es grave”, afirmó.
“Y si a eso se suma que se quiere extender más el plazo de investigación y que además se quiere reformar la aplicación de llevar el proceso colectivo a nivel penal, sin individualizar la responsabilidad del delito. Eso si preocupa”, alegó Reyna.
Asimismo, enfatizó que como organizaciones que defienden derechos humanos, han venido reiterando que con el régimen de excepción existen dos elementos, el primero, es que la “pena anticipada” de un delito que la Fiscalía General de la República no ha podido comprobar si existe la “culpabilidad” y, en segundo lugar, que han omitido la responsabilidad individual de las personas imputadas.
“Si se están procesando de 400 o 600 personas, en juicios colectivos, esto no permite a los abogados y abogadas públicas defensores poder individualizar y representar adecuadamente a las personas que están siendo acusadas”, consideró.
“Y si se toma -como criterio- la pertenencia a un grupo delictivo, porque la persona vive en un zona señalada de hechos delictivos o vive en donde una clica determinada tenía su actuación delincuencial, se debe tener claro, que esto no es ninguna prueba sustancial para que la persona sea condenada”, argumentó Reyna.
Asimismo, comentó que han identificado “procesos irregulares con adolescentes” lo que era preocupante porque en la mayoría de las detenciones de adolescentes a escala nacional en el marco del régimen de excepción, estos han sido condenados.
“Es irregular que con pruebas bastante débiles se condenen, y parece que el sistema judicial está tratando de adaptarse para que las detenciones arbitrarias por las autoridades policiales, al final terminen siendo condenas sin mayor sustento y sin mayor prueba en contra de las personas”, concluyó Reyna.