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Avalan disposiciones para garantizar transición municipal

Redacción Nacionales
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La Asamblea Legislativa aprobó la Ley Especial de Transición Municipal, la que otorga facilidades administrativas a las nuevas 44 municipalidades, para que en dos años ordenen los procesos y figuras administrativas.

La normativa obliga a los funcionarios y empleados municipales salientes a dar la información necesaria para que la contabilidad esté al día de las 44 nuevas alcaldías.

Según mencionaron los oficialistas, el objetivo es que los gobiernos municipales que asumirán el 1° de Mayo, tengan un proceso fluido, transparente y ordenado en los cambios administrativos que requiere la fusión de los distritos. La Ley Especial de Transición para la Reestructuración Municipal, faculta la intervención del Ministerio de Hacienda para auditar el proceso de transición y obliga a trabajar por la certificación antisoborno.

“El proceso de transición de los aspectos señalados en la ley y lineamientos emitidos deberá concluirse el 25 de abril del presente año. No obstante, los concejos municipales tendrán un periodo de dos años, contados a partir de la vigencia del presente decreto, para realizar las acciones administrativas y financieras que aún se encontraren pendientes de efectuar para lograr el cierre y total liquidación de los ahora distritos”, establece la ley aprobada vía dispensa de trámite, la noche de este lunes con 65 votos.

La diputada por Nuevas Ideas y futura alcaldesa por La Paz Este, Marcela Pineda, enfatizó en la “responsabilidad” que tendrán los alcaldes electos para realizar esta transición de manera efectiva. “Esta nueva conformación municipal busca optimizar los recursos y favorecer a la población. Los alcaldes electos tienen la responsabilidad de hacer esta transición en un plazo de dos años, de no ser así, deberán asumir las consecuencias por no respetar lo que manda la ley”, amenazó Pineda.

Los que no cumplan con el período pueden ser sancionados e incluso suspendidos por un plazo de diez años para no optar a cargos públicos.

También, la ley permite que se reorienten los fondos provenientes de préstamos; el decreto, menciona que el concejo municipal podrá solicitar la modificación del destino de los fondos ya otorgados por préstamos para invertirlos en el objeto que consideren “conveniente”. De igual forma, podrán aceptar o no los préstamos en trámite de los diferentes distritos.

Respecto a los fondos disponibles de las municipalidades al 30 de abril de este año, estos podrán ser trasladados a las nuevas alcaldías o conservarse entre cuentas de los distritos según lo decida el concejo municipal. También se autoriza a que los concejos puedan decidir sobre el traslado de empleados y funcionarios cuando lo consideren conveniente.

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