(por Carlos Bucio Borja)
Durante las últimas semanas hemos sido testigos de una vorágine de acciones erráticas Bukele. Tal es el caso el de la proscripción y posterior rehabilitación, en cuestión de horas, durmiendo solo dos, después de leer ocho mil mensajes en las redes sociales —lo que equivaldría a leer la Biblia, de la veterinaria pública Chivo Pets— y la destitución del alcalde de San Salvador Este, José Chicas, por la negligente administración de un refugio de animales. Por fortuna para Chicas, Bukele se mostró “benevolente” y no ordenó su arresto, so pena de ser torturado, tal como ha ocurrido con el exalcalde capitalino, Ernesto Muyshondt.
Una acción política más perversa ha sido el reciente secuestro de cientos de ciudadanos venezolanos a El Salvador en contubernio con la tiranía de Donald Trump, violando ambos leyes internacionales, así como artículos y principios constitucionales de Estados Unidos y El Salvador.
Al llevar a cabo las deportaciones, contraviniendo la orden del juez federal James Boasberg, Trump —quien invocó la arcaica ley secundaria de Enemigos extranjeros de 1798, y la cual no aplica en un sentido estricto en el contexto actual entre venezolanos y los Estados Unidos— Trump ha violado el principio constitucional estadounidense de la separación de poderes y las cláusulas de debido proceso de la constitución de dicho país. Las disposiciones constitucionales clave de la carta magna estadounidense en juego son:
- Artículo III, Secciones 1 y 2 – Poder y Autoridad Judicial
- La Constitución otorga el poder judicial a los tribunales federales, y sus fallos deben ser respetados por el poder ejecutivo. Desobedecer la orden de un juez socava este principio y desafía el sistema de pesos y contrapesos.
- Artículo II, Sección 3 – Cláusula “Take Care”
- El presidente debe “cuidar de que las leyes se ejecuten fielmente”. Al ignorar una orden judicial, incumpliría este deber y estaría anulando de facto la autoridad judicial.
- Quinta Enmienda – Cláusula de Debido Proceso
- Los individuos deportados, especialmente si aún estaban en proceso legal, tienen derecho al debido proceso. Su expulsión forzada sin agotar sus recursos legales violaría esta garantía constitucional.
- Decimocuarta Enmienda – Igual Protección y Debido Proceso
- Si las deportaciones se dirigieran específicamente contra personas según su origen nacional o raza, esto también podría constituir una violación de la Cláusula de Igual Protección.
Un acto de este tipo representaría una crisis constitucional: sentaría un precedente en el que un presidente desafía abiertamente al poder judicial, lo cual podría dar lugar a desafíos legales, posibles procedimientos de destitución o incluso la intervención directa de la Corte Suprema.
En el lado salvadoreño, al recibir Bukele cientos de venezolanos con procesos migratorios o judiciales aun no resueltos, viola el principio constitucional contenido en las cartas magnas de El Salvador y los Estados Unidos de respeto al debido proceso y separación de poderes.
Violaciones constitucionales por el secuestro de venezolanos contraviniendo las órdenes de un juez federal estadounidense:
1. Violación al Principio de Legalidad y Debido Proceso
Artículo 11:
“Ninguna persona puede ser privada de su libertad sino conforme a las leyes, y en virtud de mandato escrito de autoridad competente.”
- Si Bukele deporta a personas sin una resolución judicial firme, estaría privándolas de su libertad y derechos sin el debido proceso.
- También podría estar ignorando recursos de apelación o mecanismos legales que los afectados tengan derecho a utilizar.
Artículo 12:
“Toda persona acusada de delito tiene derecho a la presunción de inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.”
- Si los venezolanos son acusados de ser terroristas o pandilleros sin un juicio justo, esto violaría su derecho a la defensa y a la presunción de inocencia.
Artículo 15:
“Nadie puede ser juzgado sino conforme a las leyes promulgadas con anterioridad al hecho de que se trate, y por los tribunales que previamente haya establecido la ley.”
Este principio se vincula directamente con el hecho de que los delitos o crímenes que supuestamente cometieron algunos venezolanos no tienen jurisdicción en El Salvador. Si estos actos ocurrieron en otro país, las autoridades salvadoreñas no pueden juzgarlos ni castigarlos arbitrariamente, porque:
No existe base legal para juzgarlos en El Salvador.
- Un país solo tiene jurisdicción sobre delitos cometidos en su territorio o que afecten directamente su seguridad nacional.
- Si el gobierno de Bukele intenta deportar a venezolanos basándose en delitos cometidos en Venezuela, Colombia o EE.UU., el estado salvadoreño —él— aplica una sanción sin un proceso legal válido en El Salvador.
Constituye una forma de “juicio” sin tribunales establecidos.
- La deportación masiva basada en presuntos delitos sin una revisión judicial individual equivaldría a un castigo extrajudicial.
- Si los venezolanos no han sido juzgados en un tribunal salvadoreño, la deportación basada en acusaciones no procesadas violaría el debido proceso.
La presunción de inocencia y el principio de legalidad están en riesgo.
- La Constitución salvadoreña garantiza que nadie puede ser sancionado sin un juicio previo, y que las leyes deben aplicarse con claridad y sin retroactividad.
- Si el gobierno secuestra a venezolanos solo por acusaciones extranjeras, sin pruebas en un tribunal salvadoreño, estaría condenándolos sin juicio ni defensa.
2. Violación a la Separación de Poderes y a la Independencia Judicial
Artículo 172:
“El Órgano Judicial es independiente de los otros órganos del Estado y ejercerá sus atribuciones conforme a la Constitución y las leyes.”
- Si un juez emite una resolución ordenando la suspensión de las deportaciones, el presidente no tiene autoridad para ignorarla.
- Al hacerlo, Bukele viola la independencia del Poder Judicial y el principio de separación de poderes.
3. Violación a los Derechos Humanos y No Discriminación
Artículo 3:
“Todas las personas son iguales ante la ley. Para el goce de los derechos civiles no podrán establecerse restricciones que se basen en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o religión. No se reconocen empleos ni privilegios hereditarios.”
- Si la deportación de venezolanos es discriminatoria, por ejemplo, si se les deporta sin juicio mientras a otras nacionalidades no, se violaría el principio de igualdad ante la ley.
- Además, si la deportación pone en riesgo su seguridad, vida o integridad física, el Estado salvadoreño podría ser responsable por violaciones a los derechos humanos.
Debido a la importancia que intelectuales y analistas constitucionales le dan al estado de derecho en los Estados Unidos, ante la violación de la constitución estadounidense, ellos se refieren como: crisis constitucional. En El Salvador, desde hace años Bukele viola la Constitución a su antojo, constantemente; pero aquí no existe “ninguna crisis constitucional”.
Así, El Salvador y el mundo vive un nuevo período de bananerismos imperiales y bananerismos periféricos donde los más fuertes buscan imponer su brutalidad sobre la razón: Bukele es un pequeño Trump y Trump es un pequeño Bukele, uno el espejo del otro.
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