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El Banco Central de Reserva (BCR) presentó los requisitos para la devolución de saldo a afiliados en el exterior o que adolezcan enfermedades terminales. A finales de septiembre, la Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley del Sistema de Ahorro de Pensiones.
El Comité de Normas del BCR detalló que los afiliados que residan en el extranjero deberán presentar la documentación que compruebe su estatus migratorio regular permanente, y su residencia en el país extranjero, a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
“Dicha documentación deberá ser debidamente acreditada por la representación diplomática de El Salvador en el país de residencia”, dijo. Además, deberán presentar su documento de identificación vigente (pasaporte, carné de residente), indicando el número de documento, el lugar y fecha de expedición, firma del afiliado o apoderado, así como los datos de la institución bancaria en donde desea recibir el depósito del beneficio.
“Con la información antes indicada, las Administradoras de Fondos de Pensiones podrán dar trámite al proceso de devolución de saldo y cumplir con el pago de la devolución en un plazo máximo de treinta días hábiles, tal como lo establece la ley”, expuso.
Para la devolución de saldo de afiliados que adolezcan de una grave enfermedad terminal, los solicitantes deberán presentar el nombre, sexo, Número Único Previsional (NUP), número de afiliación al ISSS o al INPEP, o ambos, según sea el caso, estado familiar y nacionalidad.
Asimismo, deberá presentar un dictamen realizado por el médico particular o de institución pública, a efectos de comprobar el padecimiento de una grave enfermedad terminal que cumpla con el contenido que ya estaba regulado previamente en la normativa previsional aplicable a enfermedad grave.
El BCR determinó que también deberán presentar su documento de identificación utilizado (DUI, pasaporte, carné de residente vigentes a la fecha de la solicitud) indicando el número de documento, el lugar y fecha de expedición. Estos documentos deben presentarse en original y copia legible y en buen estado.
La dirección completa, situación del afiliado: relación laboral (cotizante dependiente o independiente, cesante) y su firma o de la persona autorizada por el afiliado, para firmar en su nombre la solicitud de devolución de saldo, también deberán ser presentados a las AFP.