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Militares involucrados en la masacre de los sacerdotes jesuitas y dos colaboradoras ocurrida en 1989. Foto Diario Co Latino/Archivo

Cámara rechaza petición del IDHUCA en caso Jesuitas

Joaquín Salazar
@JoakinSalazar

La Cámara Tercera de lo Penal de la Primera Sección del Centro resolvió declarar “sin lugar”,  la solicitud de pronto despacho realizada por Arnau Baulenas, abogado del Instituto de Derechos Humanos de la UCA (IDHUCA), en el que pedía “pronto despacho” a los recursos de apelación interpuestos por los abogados de la defensa de los militares involucrados y señalados como autores intelectuales en la masacre de los sacerdotes jesuitas y dos colaboradoras, hecho perpetrado en la UCA, en noviembre de 1989. 

De acuerdo al comunicado, la Cámara argumentó: “que se puede advertir que el estudio, discusión  y resolución del presente caso, conllevó inevitablemente la postergación necesaria, para que los pronunciamientos que corresponden, se estructuren conforme a la aplicación objetiva e integral del derecho, caso cuya dificultad requiere evidentemente mayor amplitud temporal, dado a lo extensivo de los puntos impugnados”.

Y es que en total son tres apelaciones presentadas separadamente por los abogados de la defensa. Entre estas: Lisandro Quintanilla, en calidad de defensor de los procesados, los coroneles en situación de retiro Juan Orlando Zepeda Herrera y Francisco Elena Fuentes. El otro recurso fue interpuesto por los abogados Juan Héctor Larios y Eduardo Cardoza Rodríguez, defensores de general Rafael Humberto Larios López.

Mientras que el último recurso fue planteado por el abogado José Mario Machado, defensor del expresidente Alfredo Félix Cristiani Burkard, contra el auto dictado por el juzgado tercero de paz de San Salvador, el 16 de abril del 2018, que resolvió declarando sin lugar la excepción de cosa juzgada propuesta por los abogados Larios y Cardoza, y la excepciones de cosa juzgada y falta de acción propuesta por el abogado Quintanilla.

Asimismo, se declaró la nulidad absoluta del requerimiento fiscal presentado el 7 de diciembre de 2000 y de la audiencia inicial celebrada por el Juzgado Tercero de Paz, el 12 de diciembre de 2000, así como la resolución de la misma consistente en el sobreseimiento definitivo, favorable a los procesados ya mencionados.

Y es que el abogado Arnau Baulenas pedía que la Cámara resuelva lo más pronto posible las apelaciones presentadas por la defensa, ya que la lentitud de la Cámara no puede calificarse más que como retardación de justicia, porque se ha detenido el proceso.

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