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La Cámara Primera de la Penal de la Primera Sección del Centro se declaró incompetente de seguir conociendo el caso contra el segundo magistrado de la Cámara Tercera de lo Civil, Eduardo Jaime Escalante Díaz, debido a un cambio de calificación jurídica que para los magistrados, no constituye delito, sino una posible falta relativa a “Actos contrarios a las buenas costumbres y decoro público”, informó la oficina de prensa del Centro Judicial Isidro Menéndez.
Esto se debe a que según el Código Procesal Penal, “las Cámaras deberán conocer por los delitos oficiales o comunes cometidos por los funcionarios públicos…”, sin embargo, para los magistrados, lo presentado en los hechos acusados, no constituye delito, por lo que será remitido al Juzgado de Paz de Tonacatepeque, donde presuntamente habrían sucedieron los hechos.