Gloria Silvia Orellana
@DiarioCoLatino
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó el informe “Mecanismos Nacionales de Implementación de Recomendaciones y Decisiones Internacionales en materia de Derechos Humanos”. Este documento contiene los mecanismos de la CIDH para robustecer y facilitar los procesos de seguimiento de sus recomendaciones y decisiones en el marco de su planificación estratégica (2017-2021 y 2023-2027).
“El Informe tiene por objetivo promover la implementación de las recomendaciones y decisiones internacionales sobre derechos humanos por parte de los Estados miembros de la OEA, fomentar el intercambio de información sobre prácticas y experiencias de los procesos de cumplimiento”, señala el informe.
“Informar sobre la creciente tendencia interamericana de afianzar las estructuras y procedimientos nacionales para promover el efectivo cumplimiento de las recomendaciones y decisiones”, acota el documento.
Entre los retos identificados del “cumplimiento de recomendaciones internacionales en materia de Derechos Humanos”, el documento señala que es un reto que se reconozca que el incumplimiento de una obligación internacional genera el deber de reparar, y son los principios que activa la CIDH, con su posterior seguimiento y análisis de su impacto.
Reconoce también que en “los últimos años, los sistemas de protección internacional de los derechos humanos se han expandido. No sólo los tribunales internacionales han cobrado mayor visibilidad, los organismos de supervisión de tratado y otros órganos especializados también ha incrementado su actividad la defensa de los derechos humanos”, reconoce como un nuevo reto para la CIDH.
El informe contiene tres capítulos que destacan los cinco principales retos para que los Estados miembro de la OEA cumplan con estas decisiones y recomendaciones de la CIDH, describiendo algunos avances en la identificación, formulación de planes, políticas, leyes y programas nacionales.
No obstante, consideraron que “La falta de cumplimiento de las medidas ordenadas por órganos internacionales, particularmente de aquellas vinculadas con derechos humanos, pone en riesgo el derecho a la reparación de las víctimas de violaciones a derechos humanos e impide que se garantice la no repetición de los actos”.
Así también, consideraron que este incumplimiento de los Estados, “Atenta contra la legitimidad, posición e imagen nacional e internacional del Estado que puede ser percibido como un actor incapaz o desinteresado en cumplir con sus obligaciones internacionales, así como contra la propia efectividad del Sistema Internacional de Derechos Humanos”, sostiene.
Estos capítulos también describen un conjunto de directrices para contribuir a la conformación de “mecanismo nacionales de implementación”, que serían los formulados y utilizados a partir de las decisiones en el ámbito interno de cada nación.
Reconoce que la “primera razón que limita el cumplimiento de las recomendaciones internacionales es la prevalencia de una visión centrada en el Estado”, que se expresa en el derecho como en las relaciones internacionales , por tanto, esas “visiones dominantes” colocan al Estado como el principal actor con plena capacidad no solo para “ejercer y celebrar actos jurídicos, sino para definir las reglas aplicables a la dinámica internacional”.
Para la elaboración del informe, la Comisión adoptó una metodología amplia de consulta con distintos actores involucrados en los procesos de cumplimiento de las recomendaciones de distintos actores involucrados en los procesos de cumplimiento de las recomendaciones.
Así como, los insumos mesas de diálogo y el envío de cuestionarios a los Estados miembro de la OEA y organizaciones de la sociedad civil de cuyas respuestas son la base del informe.
“En este contexto, ha surgido la necesidad de estudiar e impulsar la eficacia y relevancia de los órganos de protección de derechos humanos. Gran parte de los cuestionamientos en torno a estos órganos suelen centrarse en la efectividad de las recomendaciones y medidas ordenadas; en la falta de su cumplimiento por parte de los Estados y en la capacidad de los organismos internacionales para exigir su materialización”, expresa.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) agradeció a los Estados y también a los miembros de la sociedad civil que participaron con el envío de sus respuestas a los cuestionarios enviados.
Agradeció también a “Max Planck Institute for Comparative Public Law and Inertantional” , por el apoyo y conocimiento en la elaboración del informe: “Mecanismos Nacionales de Implementación de Recomendaciones y Decisiones Internacionales en materia de Derechos Humanos”.
“En esta ocasión, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) invita a todos los actores involucrados a conocer el informe y aplicar, en lo que se resulte procedentes, la información sobre prácticas y directrices para fortalecer y facilitar estos procesos”, sugiere el informe.
Al tiempo que “reafirma su voluntad para continuar adoptando estrategias que refuercen el seguimiento de sus decisiones y recomendaciones, y expresa su disposición para acompañar a los Estados, sociedad civil y otros actores relevantes en lograr resultados palpables y positivos para la garantía y protección de los derechos humanos en la región”.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es el órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la “Carta de la OEA” y de la “Convención Americana sobre Derechos Humanos”.
Asimismo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos tiene el mandato de promocionar la “observancia de derechos humanos” en la región, y actúa como “órgano consultivo de la OEA” en materia de derechos humanos.
La CIDH se encuentra integrada por 7 jueces, que son miembro independientes, los cuales son electos por la Asamblea General de la OEA a título personal, por lo que no representan en ningún momento a sus países de origen o residencia.