Samuel Amaya
@SamuelAmaya98
Colectivos de salvadoreños radicados en el exterior solicitaron al Tribunal Supremo Electoral (TSE) la nulidad de la inscripción de la candidatura de Nayib Bukele para la Presidencia de la República por violar la Constitución de la República.
Es de recordar que el presidente Bukele solicitó el pasado jueves la inscripción de su candidatura, la cual es inconstitucional. Lo hizo a altas horas de la noche, a minutos de que el TSE finalizara la recepción de solicitudes.
Justamente, los colectivos radicados en el exterior dijeron, en un documento, que “esta candidatura no cumple con los requisitos establecidos en la Constitución de la República de El Salvador, puesto que los artículos 154, 152, 75, 88, 131 y 248 expresan de forma categórica que la reelección está prohibida en nuestro país”.
De acuerdo con el artículo 75, ordinal 4°, Bukele, ha perdido sus derechos de ciudadano por haberse inscrito a la reelección. “Los derechos de ciudadanía se suspenden por las causas siguientes: Los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del presidente de la República, o empleen medios directos encaminados a ese fin”, dice literalmente el mencionado artículo.
“Una candidatura ilegítima destruye el derecho de los ciudadanos a elecciones justas y limpias, y altera el orden democrático en El Salvador”, dice el documento. Además, añade que la Constitución prohíbe que se ejerza la Presidencia por dos períodos consecutivos, esto no podrá ser modificado ni por reforma, ni enmienda constitucional.
En ese sentido, les hicieron un llamado a los magistrados del TSE: “ustedes como garantes del sistema electoral en El Salvador tienen la obligación de rechazar la candidatura del señor Bukele Ortez porque se encuentra dentro de la causal establecida en el artículo 152 ordinal 1°”. Dicho artículo también menciona que “no podrán ser candidatos a presidente de la República: El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”.
El artículo 148 del Código Electoral dice de forma explícita que será denegada definitivamente la inscripción en el caso que el candidato no reúna los requisitos legales. De igual forma, el artículo 151 del mismo Código señala que para optar al cargo de presidente y vicepresidente de la República, es necesario reunir los requisitos que establece la Constitución de la República.
“Para reforzar, en la letra g) del artículo 152 del citado Código se establece que el candidato postulado para presidente y vicepresidente debe declarar, bajo juramento, que no está comprendido en las inhabilidades previstas en el artículo 152 de la Constitución”, señalan.
“El señor Bukele Ortez se encuentra en estos momentos ejerciendo la presidencia, por lo tanto, está inhabilitado para ser candidato a un nuevo período presidencial consecutivo”, concluyó el grupo.
Entre los grupos firmantes se encuentran: el Colectivo de Psicología de Abolición y Liberación (New York, NY, USA), el Comité de Inmigrantes con Santa Marta, (Herdon, Estados Unidos), el Comité de Solidaridad con El Salvador en México (Ciudad de México, México), la Comunidad Salvadoreña Monseñor Romero en Milán (Milano, Italia), la Diáspora Democrática en Resistencia (Estados Unidos), la Resistencia Comunitaria (Los Ángeles, California, Estados Unidos), el Movimiento Centroamericano 2 de Marzo (Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina), el Movimiento de Víctimas del Régimen – US (Estados Unidos), la Nación Salvadoreña en el Exterior North Carolina Salvadoran Association (Carolina del Norte, Estados Unidos) entre otras.