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Por unanimidad, buy cialis los magistrados de la Sala de lo Constitucional Belarmino Jaime, Sídney Blanco, Rodolfo González, Eliseo Ortiz y Germán Álvarez avalaron el trabajo que realiza la Comisión Legislativa que se integró para investigar las supuestas irregularidades detectadas en el contrato CEL-ENEL.
Los magistrados constitucionales decidieron rechazar una demanda de inconstitucionalidad contra el acuerdo legislativo que creó la Comisión especial para investigar todo lo relacionado al contrato suscrito entre CEL y ENEL.
El demandante afirmó en su escrito que la Asamblea Legislativa se ha excedido en sus competencias constitucionales y ha invadido funciones exclusivamente jurisdiccionales, pues estaría habilitada para conocer la controversia surgida entre CEL y ENEL, como si fuera un tribunal jurisdiccional.
En diciembre del año pasado, la Fiscalía General de la República presentó una demanda penal en contra de 21 personas por diversos delitos, hechos cometidos durante se gestó el contrato entre la empresa italiana y salvadoreña.
Luego de la acusación fiscal, el caso se mantiene abierto en los tribunales, posteriormente se ordenó crear la Comisión Legislativa que está conformada por el presidente Jaime Valdez, del FMLN; Edwin Zamora, de ARENA; Douglas Avilés del CD y Sigifredo Ochoa Pérez, de Unidos por El Salvador.
Pero la Sala declaró ayer improcedente la demanda en contra de la Comisión, ya que se realizó una argumentación deficiente entre el acuerdo legislativo impugnado y las disposiciones constitucionales invocadas como parámetro de control.
“La resolución señala que todas las violaciones constitucionales atribuidas parten de la idea que la comisión especial tendrá influencia en el conflicto jurisdiccional entre CEL y ENEL, favoreciendo a la primera. Lo anterior se traduce en una especulación sobre las consecuencias que se producirían como efecto del trabajo de la comisión, lo cual no puede inferirse del texto del acuerdo impugnado”, indican.
La Comisión se mantiene vigente y tiene como facultad investigar todo lo relacionado al contrato suscrito entre CEL-ENEL, en la gestión de Guillermo Sol Bang durante la administración del Presidente Francisco Flores, quien también es señalado por otros delitos cometidos.
Sala admite demanda contra reforma que permite antejuicio sin intervención de FGR
La Sala admitió ayer una demanda de inconstitucionalidad contra la reforma a los artículos 120, 121 y 124 del Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa, por la supuesta contradicción con los artículos 85 inciso 1°, 86 inciso 1° y 193 ordinales 2°, 3° y 4° de la Constitución, ya que anulan el rol de la Fiscalía General de la República (FGR) en el procedimiento de antejuicio ante la Asamblea Legislativa.
Los demandantes manifestaron que los artículos reformados facultan a la Asamblea Legislativa para decidir sobre la procedencia de una denuncia en contra de los funcionarios contemplados en el art. 236 de la Constitución sin requerimiento alguno de la FGR.
Por ello, afirman que los artículos concentran en un solo órgano –la propia Asamblea Legislativa y por decisión de ella misma– dos funciones estatales distintas: a) la función de promover una pretensión punitiva contra un funcionario con fuero; y b) la de decidir sobre la existencia de un fundamento suficiente para desaforar a dicho funcionario; excluyéndose la función de filtro, control o contrapeso que corresponde a la FGR cuando se formulen denuncias infundadas, temerarias o políticamente sesgadas, que pueden interponerse directamente ante la Asamblea Legislativa.
La Sala estableció que resulta necesario establecer si la reforma del procedimiento de antejuicio implica una disminución a la facultades investigativas y requirentes de la FGR, conforme a las facultades acusatorias que le establece la Constitución en los ordinales 2°, 3° y 4° del art. 193. Y sí además, implica una incompatible concentración de funciones de la Asamblea Legislativa. La admisión de la demanda fue firmada por unanimidad por los magistrados Belarmino Jaime, Sídney Blanco, Rodolfo González, Eliseo Ortíz y Germán Álvarez.