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CONCORDATOS Y CONVENIOS ENTRE EL SALVADOR Y EL VATICANO. UNA RELACIÓN DE PRIVILEGIO

Alberto Romero de Urbiztondo
@aromero0568

En El Salvador como herencia del periodo colonial, la Iglesia católica ha tenido una relación privilegiada con el Estado, desde nuestra primera Constitución de 1824, que dice en su Artículo 5 “La religión del Estado es la misma que la de la República, a saber: la Católica Apostólica y Romana con exclusión del ejercicio público de cualquiera otra”. De forma paulatina en las siguientes constituciones, se fue reconociendo gradualmente la libertad religiosa.  La iglesia católica para intentar no perder su hegemonía y el apoyo del Estado, firmó en 1862 un Concordato entre el estado de El Salvador y la Santa Sede, nombre con el que identifican la ciudad del Vaticano. Este concordato dio privilegio a la Iglesia católica para difundir su religión en las escuelas públicas y censurar publicaciones, que se imprimieran o distribuyeran en el país. Un aspecto interesante, que lo diferenció de otros concordatos es que en el caso de El Salvador, el Estado no se comprometía a financiar las actividades de la Iglesia católica.

Con el Gobierno liberal de Santiago González se fueron quitando privilegios a la Iglesia católica, finalizando con la supresión del concordato. Desde ese momento El Salvador no ha vuelto a firmar ningún concordato, sin embargo, durante el gobierno del coronel Fidel Sánchez Hernández se firmó el 11 de marzo de 1968, un convenio con el Vaticano para “atender el cuidado espiritual de los miembros militares de la Fuerza Armada, Cuerpos de Seguridad y Cadetes que profesan la Religión Católica”, creando el “ordinariato militar”, de curas castrenses a los que se les concede el grado militar de capitán y el correspondiente salario.

Justificados por este convenio en las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional Civil celebran cultos religiosos en cuarteles e instalaciones policiales, oficiadas por sacerdotes y pastores, pagados del presupuesto del Estado.

Policía y Fuerzas Armadas deben actuar respetando las diversas creencias de una ciudadanía plural y basándose en derechos humanos y leyes, no en conceptos religiosos del bien y el mal, de la virtud y el pecado, válidos para los fieles de una iglesia, pero no para el conjunto de la sociedad.

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