Luis Ponce
@DiarioCoLatino
La Confederación de la Reforma Agraria Salvadoreña (CONFRAS) presentó un recurso de amparo ante la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia, en la que denuncia los actos de boicot que realiza la Sala de lo Constitucional al emitir una resolución el pasado 5 de junio sobre la elección de comisionados del Intituto de Acceso a la Información Pública. La suspendió la última fase del proceso de elección, violentando los derechos constitucionales de los elegidos y desestabilizando la institucionalidad democrática del país.
El 11 de mayo anterior, en Asambleas del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), debidamente acreditada y observada, las asociaciones empresariales, entre ellas CONFRAS, el Consejo Nacional de Empresarios Salvadoreños (CONAES) y la ANEP, eligieron la terna de candidatos a comisionados propietarios formada por Andrés Grégori, propuesto por Confras; Félix Cárcamo, por Conaes y Ulises Jovel, de la ANEP. En la terna suplente se encuentran Yanira del Carmen Cortez, de Confras; Jacqueline Aquino y Benjamín Pleités, ambos de la ANEP.
Estos resultados no fueron del total agrado de la ANEP, esa gremial empresarial que representa los intereses de la derecha, quería que el 100 por ciento de las ternas fueran suyas. La gremial intentó saltarse los procedimientos internos para la resolución interna de este tipo de controversias y fue directamente a quejarse a la Sala de lo Constitucional la cual resolvió a favor de la empresa privada, suspendiendo el proceso de elección en su última fase.
Los candidatos Grégori y Cortez, electos por Confras, presentaron un amparo ante de Pleno de la Corte Suprema de Justicia. Este se basa en el señalamiento de errores de procedimiento y violentó la justicia al negarle sus respectivos derechos a las personas electas como comisionados del IAIP. Dentro de los errores se señalan tres.
El primero, la Sala admitió el recurso de la ANEP, introducido por Boris Solórzano, un candidato perdedor en la Asamblea del IAIP, sin tener en cuenta que el reglamento interno de la Ley de Acceso a la Información Pública tiene sus propias vías de resolución, recurriendo a ampararse a la Sala y esta ciegamente admitió el recurso. El segundo, la Sala no analiza ni argumenta su decisión, sino que toma como válidos los argumentos de Solórzano. En tercero, siendo el que más llama la atención, la resolución dice que la decisión fue tomada a las 3:15 de la tarde del 5 de junio. Sin embargo, fue publicada en las redes sociales a las 10:57 de la mañana ese mismo día. Esta acción de la Sala de lo Constitucional atropella, según los representantes de Confras, los derechos de los 6 candidatos electos sólo bajo la acusación de uno que no fue electo de que “pudo haber sido elegido” sí el reglamento no se hubiera reformado en enero de 2017. Aún cuando la Anep tiene tres de esas personas en las ternas que presentaron no sacia su ambición de poder, queriendo regresar a la época en que el Estado funcionaba a su antojo.
“La resolución de la Sala de lo Constitucional contra el IAIP es un golpe más a la institucionalidad democrática del país. Al descabezar el IAIP, la Sala viola el estado de derecho y desestabiliza el orden democrático.