Este tipo de consejería es conveniente en los casos de familias con morbilidades por malformaciones genéticas, abortos recurrentes, prematuros, mortinatos u óbitos fetales. Se incluye la enfermedad de la sangre por incompatibilidad de Rh, prevenibles en nuestros días por medio de una vacuna; o la incompatibilidad por grupo sanguíneo ABO.
Esta consejería pediátrica puede o tiene que hacerse previa al embarazo, y es más razonable si la edad de la mujer no cae en el rango de la adolescente o mujer añosa. También, si la mujer ya está embarazada, es necesaria la guía de un pediatra que conozca de tal consejería. Al fin y al cabo, el pediatra será el que siga el control y vigilancia del niño por nacer. Conocer su opinión es muy bueno para tener una idea desde el punto de vista del pediatra, de qué sucedería con la salud del niño, principalmente en el momento del nacimiento, cuando se da la mayor incidencia de complicaciones y muertes de los recién nacidos.
El pediatra podrá verificar la salud en general de la pareja, el grado de consanguinidad. Puede aconsejar la toma de exámenes de rutina como el hemograma completo, examen general de heces, examen general de orina, serología, tipeo de sangre de la pareja y solicitar su comprobación durante el embarazo; y en el caso de exámenes comunes como el hemograma, examen general de heces, examen general de orina y verificarlos en cada trimestre del embarazo para prevenir, tratar o estar en sobre aviso del parasitismo y la infección de vías urinarias que son causas muy frecuentes de morbilidad del feto y del recién nacido.
Dado que el pediatra puede tener diferencias importantes con los medicamentos a usarse en las enfermedades infectocontagiosas durante el embarazo o porque al obstetra solo le importa la salud de la madre y no la del feto o que por ignorancia no dé tratamiento a las enfermedades parasitarias que se presentan en el embarazo, dejando el tratamiento para el posparto, ignorando que el recién nacido puede resultar parasitado al nacer o recién nacido.
Entre las cosas importantes de la consejería, es saber si la embarazada lo está por su propio deseo o si rechaza el embarazo. Esta última condición se presenta en casos de uniones por conveniencias económicas y sociales, violaciones sexuales de diferente índole, enfermedades crónicas con síntomas mentales como la demencia y la epilepsia, madres portadoras de enfermedades genéticas incompatibles con la familia de su pareja, lo mismo que las enfermedades malignas descubiertas durante el embarazo en etapas que no se puede recurrir al aborto terapéutico consentido por la familia, para citar algunos casos. En cuanto al embarazo deseado no hay mayores problemas y generalmente son de buen pronóstico.