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El ministerio de Relaciones Exteriores comunicó a los beneficiados por el Estatus de Protección Temporal (TPS), que la vigencia de permisos de trabajo continúan vigentes hasta el 2 de enero de 2020.
Sin embargo, señaló que la extensión aplica solo para los beneficiarios de TPS que solicitaron adecuadamente una reinscripción durante el más reciente período anunciado por Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS), que fue del 18 de enero al 19 de marzo de 2018. La Cancillería detalló que los “tepesianos” que no pudieron reinscribirse adecuadamente durante el último período de reinscripción todavía pueden someter el formulario I-821 (solicitud para Estatus de Protección Temporal), pero deberán demostrar una excepción de “buena causa” para registrarse tardíamente.
Asimismo, manifestó que quienes están reinscritos pero que no solicitaron un permiso de trabajo o desean tramitar uno nuevo (con fecha de expiración del 2 de enero de 2020), podrán hacerlo presentando el formulario I-765 junto al pago de la tarifa $410 e incluyendo dos fotografías tamaño pasaporte y copias de los recibos de aprobación que demuestran que sus registros TPS se mantienen vigentes. La cartera de Estado motivó a los compatriotas con Estatus de Protección Temporal a acercarse a la Embajada de El Salvador en Estados Unidos y a la Red Consular para adquirir más información, de acuerdo a cada caso.