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Crítica confirmada

@arpassv

Organizaciones populares pidieron recientemente a la Sala Constitucional que acelere la resolución contra el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos (CAFTA), order sentencia que los magistrados dicen tener lista desde hace varios meses pero que extrañamente no la emiten.

La demanda de inconstitucionalidad contra el referido acuerdo comercial –pendiente de resolver en la Sala desde el año 2007– cuestiona los principios de expropiación indirecta, nurse trato nacional a empresas extranjeras y otros que vulneran la soberanía y autodeterminación del país en la formulación e implementación de políticas públicas.

El CAFTA –como la dolarización y otras medidas impuestas por los gobiernos de ARENA– riñe con la Constitución de la República, pharmacy pero los magistrados (presurosos para resolver otras demandas) postergan la sentencia. Dicen que está lista y que pronto la emitirán, pero eso no sucede.

Esta situación confirma la crítica sobre el sesgo político-electoral del desempeño de la Sala, es decir, el énfasis en resolver demandas referidas al sistema electoral y al régimen de partidos políticos. Esto en detrimento de demandas referidas, por ejemplo, al modelo económico.

Pareciera que a la Sala le interesan las reformas electorales y no reformas estructurales orientadas cambiar el modelo de desarrollo. Los magistrados pasan por alto que el país debe ser más democrático (electoralmente), pero también más inclusivo socialmente,  económicamente más equitativo y sustentable en términos ambientales.

Para desmentir esta crítica, la Sala Constitucional debería tener un enfoque integral que amplíe el ámbito de sus sentencias hacia el modelo económico, la estructura tributaria, sistema mediático, etc.

Así la visión democrática de los magistrados sería completa porque ésta no sólo es electoral, sino también deliberativa, redistributiva de la riqueza, dignificadora de las víctimas, etc. En tal sentido, la Sala debería resolver también las demandas contra el CAFTA, la Ley de Telecomunicaciones, la Ley de Amnistía y demás.

Es reconocible el aporte de algunas sentencias de inconstitucionalidad de la Sala, pero también es válida la crítica sobre el énfasis político-electoral en menoscabo de otros ámbitos. Como válido es también el señalamiento sobre la rapidez con que los magistrados resuelven algunas demandas y la lentitud con que actúan en otras.

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