@JoakinSalazar
Por infracción grave es apartada del cargo por 16 días. María Flor Silvestre López Barriere, Jueza Primero de lo Mercantil, fue suspendida por los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia al emitir resoluciones incongruentes y confusas.
De acuerdo a la resolución la infracción grave cometida por la juzgadora es “firmar resoluciones sin imponerse del contenido de las diligencias”, por la que fue apartada de su cargo por 16 días sin goce de sueldo.
El Proceso fue promovido por José Arnulfo Hernández Lemus, como apoderado legal de la Sociedad Servipronto de El Salvador S. A; entidad que encontró una negativa de parte de la Juzgadora de resolver las peticiones relacionadas a la devolución de un dinero a su representada depositando fondos ajenos en custodia del Ministerio de Hacienda.
Y es que entre los años 2013 – 2015 la Juzgadora realizó una secuencia de sentencias, en las que admitía y negaba la entrega de los fondos pagados por la empresa Mc Donalds a Servipronto de El Salvador.
Años atrás, la Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador falló- en contra de McDonald`s por incumplimiento de contrato de franquicia, daños y perjuicios por casi $24 Millones de dólares. El caso fue confirmado por la Sala de lo Civil y la misma Sala de lo Constitucional de la Corte, por lo que pasó al Tribunal Cuarto de lo Mercantil; no obstante, cuando los tribunales se transformaron, pasó al Juzgado Primero de lo Mercantil, en donde los demandantes denuncian que “se ha manipulado el caso, al punto que la ejecución de la sentencia aun no se ha cumplido, habiéndose manipulado la retardación del pago”.
Por su parte, y en cumplimiento al derecho de respuesta, la Jueza de lo Mercantil alegó que Hernández Lemus y Roberto Bukele no fueron acreditados para ser representantes legales de la empresa Servipronto; por lo que dijo que hay falta de legitimación del abogado denunciante.
De igual manera, la Jueza solicitó que esta demanda en su contra fuera declarada improponible; hecho que negó la Corte Suprema de Justicia.
Sobre estos hechos, la Corte aclaró “que cuando Hernández Lemus puso en conocimiento los hechos lo hizo en calidad personal, al principio de informalismo a fin de evitar exigencias burocráticas; cuando una persona interpone una denuncia no ejerce una pretensión particular y no se les considera parte; pero la presentación del escrito impulsa el proceso dado que puede ampliarse la investigación”. Por lo que se decretó no ha lugar la improponibilidad”.
Ante esta situación, la Corte en Pleno verificó que la serie de decisiones tomada por la Jueza María Flor Silvestre López Barriere “se configura una falta de imposición que generó una serie de decisiones incongruentes y confusas respecto de los antecedentes de los actos de decisión y sobre lo que anteriormente había comunicado al peticionario”, reza la resolución.
Además, agregan que “la conducta de la Licenciada López Barriere están en contraposición a los deberes regulados en el artículo 22 literales a, ch y g de la Ley de la Carrera Judicial que tiene referidos al cumplimiento de la Constitución y demás leyes”.
Por lo que la Corte falló “suspéndase a la Licenciada López Barriere, Jueza Primero de lo Mercantil por el término de 16 días sin goce de sueldo porque se probó que efectuó la conducta – firmar resoluciones… sin haberse impuesto del contenido de las diligencias. En este hecho, la Corte Suprema de Justicia informó a través de un comunicado que este proceso se encuentra en etapa de recurso ante la interposición de recurso de revocatoria.
Además, los magistrados confirmaron la suspensión de Juez de Paz de Tejutepeque, José Humberto Cornejo, por no asistir a laborar sin causa justificada, negarse a asistir a cursos y eventos de capacitación y no practicar las diligencias judiciales a las que está obligado. Al Juez de Paz de Tejutepeque la Corte en Pleno lo suspendió por 50 días sin goce de suelto.
Finalmente, Claudia Elena Paniagua Pineda, Jueza Primero de Instrucción de Santa Ana fue suspendida por 32 días sin goce de sueldo por la infracción de no practicar las diligencias judiciales a las que está obligado actualmente.