Alexander Pineda
@DiarioCoLatino
El Gobierno publicó este miércoles el Decreto Ejecutivo No. 29 del Ramo de Salud, el cual extiende la vigencia de la cuarentena domiciliaria obligatoria, la restricción de la circulación con base número de Documento Único de Identidad y la suspensión de operaciones del transporte público como medidas para frenar el contagio masivo de COVID-19 hasta el 15 de junio.
En el decreto se argumenta que el país ha ingresado desde el 29 de mayo pasado a la fase 3 de la pandemia, lo que implica “un contagio masivo al existir circulación y transmisión activa y sostenida del virus en la comunidad”. Además, se agrega a los comercios a los que se les permite operar a ferreterías, que deberán trabajar solo con un 40 % de su personal y empresas de construcción, renta de equipos de construcción y la cadena de distribución de productos de construcción, con el fin de reparar daños causados por el paso de la tormenta tropical “Amanda” el pasado fin de semana. El decreto prohíbe que se realicen nuevas obras o se amplíen. La extensión de las medidas hasta el 15 de junio chocan con la fecha establecida en la Ley Especial Transitoria de Emergencia para la atención de la vida, la salud y reapertura de la economía nacional, para el inicio de actividades productivas, dicha normativa aprobada el pasado sábado 30 de mayo por la Asamblea Legislativa estipulaba la apertura gradual del sector productivo privado el 8 de junio y el del sector público el día 15. La ley ya determina que conforme al comportamiento de la pandemia se evaluará la pertinencia de reactivar la vida productiva desde el 8 de junio, pudiendo aplazar la fecha, sin embargo, el presidente aseguró que la vetará al considerarla “inconstitucional”, puesto que se aprobó sin el consenso pleno de los representantes del órgano Ejecutivo y la comisión política del parlamento.