Con una hermosa tarde de poesía y comentarios, Pc-sur Vancouver rindió homenaje al héroe literario Rubén Darío el día 10 de febrero a las 6:00PM en la Biblioteca centras En el: 350 W Georgia St, Vancouver BC.
Después de leer una breve biografía de su infancia, dimos paso a una dinámica fugaz, un formato de preguntas con las cuales cada uno hizo una historia de Rubén Darío, expresando su propio sentir por su memoria. Fue divertido y Productivo, leímos poesia de Rubén y de nuestra propia autoría, culminamos con la lectura del siguiente documento.
LEY QUE DECLARA A RUBÉN DARÍO HÉROE NACIONAL “ Contenido de la Discusión Remitimos a los diputados y diputadas al Orden del Día, Nº.01. PUNTO II. PRESENTACIÓN DE INICIATIVAS DE LEYES Y DECRETOS. Punto 2.16:
LEY QUE DECLARA A RUBÉN DARÍO COMO HÉROE NACIONAL. Presentado por los siguientes diputados, René Núñez Téllez, Iris Marina Montenegro, María Eugenia Sequeira, Gladis de los Ángeles Báez, Alba Azucena Palacios, Loria Raquel Dixon, Wilfredo Navarro Moreira y Edwin Castro Rivera. Presentador la siguiente petición:
Estimado Presidente:
En nuestro carácter de diputadas y diputados de la Asamblea Nacional y en el pleno ejercicio de las funciones del cargo, hacemos uso del derecho otorgado a los diputados y diputadas por el numeral 1) del artículo 141 de la Constitución Política, de presentar iniciativas de ley, y pongo a consideración de la Asamblea Nacional, por su medio, esta iniciativa de ley que declara a Rubén Darío como Héroe Nacional.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Asamblea Nacional aprobó el once de marzo de dos mil catorce, la Ley Nº.859, Ley de Creación del Título de Heroína y Héroe Nacional, ley que entró en vigencia el 9 de abril del mismo año, fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial Nº.68.
Dicha ley establece los requisitos, condiciones y procedimientos para que una persona natural sea declarada como heroína o héroe nacional de la República de Nicaragua, siendo el principal requisito, que la persona haya participado en batallas heroicas por la defensa de los intereses de Nicaragua y que haya sido ejemplo en su actitud de entrega y sacrificio por la causa de la justicia, la libertad y la defensa de los derechos civiles y políticos.
La misma ley establece que se entiende por heroína o héroe nacional, las mujeres y los hombres que se destacaron en el servicio a la Patria, en cualquiera de sus ámbitos, por sus hazañas, valentía, entrega, lucha, aportes, proezas, solidaridad, virtudes y sacrificios por la causa de la justicia, la libertad y la democracia
“El Nicaragüense Universal de los Siglos, Rubén Darío”, designado por esta misma Asamblea Nacional en la Ley Nº.726, que reformó la Ley Nº.333, Ley para la Protección y Promoción de la Obra, Bienes e Imagen del Poeta Rubén Darío y Declaratoria de Patrimonio Cultural, Artístico e Histórico de la Nación”, como “Prócer de la Independencia Cultural de la Nación”, es junto con el General Augusto C. Sandino, las columnas sobre las que descansa la nacionalidad nicaragüense.
Por El Pc-surv
Lucy Ortiz