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De la ausencia y violación de la Constitución en El Salvador

César Ramírez
@caralvasalvador

Ausencia de la Constitución

Sin constitución somos: esclavos, siervos, súbditos, no-personas, no ciudadanos etc., es una condición de subordinación experimentada por poblaciones bajo un Ejército de ocupación, así se extinguen las instituciones, los valores, la historia, los principios morales y otras normas que permiten a los pueblos identificarse, de estas circunstancias existen muchos ejemplos durante los siglos de los imperios y sus colonias alrededor del mundo.

Vivir sin constitución es en nuestra historia el colonialismo español, durante tres siglos éramos provincia, parte de la Capitanía General de Guatemala 1542-1821; la existencia en ese tiempo la podemos visualizar en los agrupamientos: Españoles funcionarios, Criollos con sus diversas estructuras, etnias, afroamericanos, eclesiásticos ibéricos y criollos pobres o ricos etc. era una organización rígida, pero una persona no tenía el concepto de República, ni derechos humanos, ni elecciones, puesto que la administración estaba diseñada en forma tributaria para extraer la riqueza de América hacia España, así funcionaba la jerarquía, hasta la invasión napoleónica a España 1808-1814, ese conflicto generó la resistencia española apoyada por el Reino Unido que provocó Las Cortes de Cádiz por Decreto de la Junta Central de 29 de enero de 1810.

Esta breve introducción ayuda a comprender que nuestra situación de República tiene un largo período de construcción, en nuestra historia existió un momento de esta naturaleza, en el Informe del Capitán General de Guatemala Don José de Bustamante1 sobre la Insurrección efectuada en la Ciudad de San Salvador el Día 24 de enero de 1814 dice: Yo vivo, señor, en estos países, soy testigo ocular de los sucesos, y juzgo por lo menos. El 20 de marzo de 1812 se leyó en el congreso soberano un oficio en que se ponderaba la cultura y religión de San Salvador, prefiriéndola en esto a las demás provincias, la felicidad de su pueblo, la lealtad de su clero, las músicas, paseos y demostraciones con que solemnizó la publicación de la constitución de la monarquía y la unión de ambos continentes, figurada en dos globos de fuegos artificiales. Pocos meses después se ha descubierto el plan de la nueva constitución de independencia que se meditaba en San Salvador, el destino que se había decretado a los europeos, el influjo maligno de su clero y las relaciones que se deseaban con los insurgentes de Nueva España”…

Es una referencia de momentos cruciales de nuestra historia, reseñada hace 230 años, en consecuencia, podemos indicar que Constitución de 1812 da paso a la de 1814 insurgente, la primera la otorga España, la segunda el pueblo salvadoreño.

La referencia es esa condición sin Carta Magna, donde las crónicas indican “todos andan encorvados” por la reverencia a una autoridad superior, donde el Rey es dueño de la vida, la tierra y el honor, en consecuencia: títulos, tierras o cargos son delegados o “comprados” etc. así trabajó en tres siglos… en nuestro año 2024, sin Constitución parece regresamos a ese estado de sumisión, con la realidad actual retrocedemos 230 años, porque todo es represión simbólica y con valores ciudadanos suprimidos por el régimen de excepción.

Violación de la Constitución por reelección presidencial

“La primera ocasión en que se hizo uso de la fórmula reeleccionista fue en 1880, al dictarse la Constitución que sirvió para que el doctor Rafael Zaldívar continuara en la Presidencia de la República. Como la Constitución sancionada el 12 de noviembre de 1872, por el Mariscal Santiago González, era sumamente clara y terminante en su Art. 84 al expresar que “La duración del período presidencial será de cuatro años sin reelección inmediata; sino después de haber transcurrido igual período que comenzará y concluirá el primero de febrero del año de la renovación, sin poder funcionar un día más”.  “Para evitar el obstáculo, al promulgarse la Constitución el 19 de febrero de 1880 que reformó y derogó la de 1872, se incluyó el artículo transitorio -el 131- que textualmente expresa: “Por esta sola vez la Asamblea Nacional Constituyente elegirá y posesionará directamente al presidente de la República para el primer período constituciona…” 2

Así iniciamos un largo recorrido esa acción ilegal: 1883, 1939, 1945 y 2021.

Con la resolución del 4 de septiembre de 2021 la Corte Suprema aprueba la reelección presidencial… a pesar de que la Constitución lo prohíbe en media docena de artículos, en esa forma el 1 de junio de 2024 repetiremos esa antigua historia que se conjuga en “ausencia y violación constitucional”.

Un 16 de marzo de 1992, marcó el fin de la guerra civil salvadoreña y una Constitución reformada, parecía que nuestra distancia al hades era igual a todos, pero ahora esa vecindad está a menos de un brazo de distancia de nosotros, mientras para ellos son kilómetros.

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1.  DHE pág 294 -307 San Salvador desde la conquista hasta 1899 Tomo I  MAG

2.  En Boletín de la Academia salvadoreña de Historia, Por esta única vez /Dr, José Enrique Silva – San Salvador: Ministerio de Educación, 1997. – Junio 1997 pág. 95-97

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