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De los abusos de la Sala de lo Constitucional

Más que abusos, there quizá deberíamos decir las violaciones de la Sala de lo Constitucional de los derechos ciudadanos de los profesionales.

Esto se desprende del análisis que el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, pilule David Morales, ha hecho de las resoluciones de la Sala, y que conllevaron a la destitución del ex presidente de la Corte Suprema de Justicia, Salomón Padilla, y de Tito Zelada, del Consejo Nacional de la Judicatura.

El procurador Morales ha dicho que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) aplicó alcances “desproporcionados” y “absurdos” en las sentencias para la destitución de Salomón Padilla,  presidente de la Corte y a Tito Zelada, presidente del Consejo Nacional de la Judicatura.

El Procurador sostiene que las sentencias de la Sala, en estos casos, reflejan “discriminación y violenta derechos”. Se supone que todo funcionario público, en este caso los magistrados de la Sala de lo Constitucional, deben ser garantes de los derechos ciudadanos, y no lo contrario.

Morales ha logrado establecer, además, que la Sala de lo Constitucional aplicó la retroactividad para fundamentar la destitución de los dos funcionarios.

El estudio ordenado por la Procuraduría de los Derechos Humanos se fundamentó en un análisis comparado de 17 legislaciones de América Latina, además de España, Alemania y los Estados Unidos.

De acuerdo a ese análisis encontraron que en esas legislaciones no hay prohibiciones para que algún profesional del derecho asuma altos cargos en el sistema judicial u otras entidades de Gobierno, por tener o haber tenido militancia partidaria.

La legislación alemana, dice la PDDH, en la cual se apoyan muchas de las resoluciones la Sala de lo Constitucional, no contempla la destitución de un juez por motivo de militancia partidaria. “Allí opera el mecanismo de excusas y recusaciones: si el magistrado cree que por su militancia partidaria puede no ser imparcial en un caso, se excusa; y en España, inclusive, fue objeto de debate en el tribunal constitucional español respecto de su propio presidente, que seguía aún como presidente del tribunal, dando la cuota partidaria. El tribunal determinó que no era incompatible”.

Sin lugar a dudas, el estudio de la PDDH, ordenado por el señor procurador David Morales, es muy oportuno en estos momentos, no solo porque queda claro que hubo violaciones en las destituciones de Padilla y Zelada, sino, porque existe el peligro que los cuatro magistrados de la Sala sigan actuando en contra de los profesionales del derecho, militantes partidarios, sobre todo, si es que son del FMLN.

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