La reforma podría agravar la mora judicial y hacer aún más invisible la situación de los privados de libertad, eliminando el enfoque de reinserción social y vulnerando derechos fundamentales en el proceso penal.
Redacción Nacionales
Los jueces contra el crimen organizado además de encargarse de juzgar los casos, ahora tendrán que vigilar el cumplimiento de las penas de las personas que sean condenadas por delitos relacionados al crimen organizado, según un dictamen aprobado el 31 de marzo por los diputados de la Asamblea Legislativa.
Esta reforma podría debilitar el papel de los jueces de vigilancia penitenciaria, encargados de velar por el cumplimiento de los límites legales en las detenciones, dijo la abogada Roxana Cardona, al reaccionar ante la medida.
Con esta reforma se podría agravar la mora judicial y hacer aún más invisible la situación de los privados de libertad, eliminando el enfoque de reinserción social y vulnerando derechos fundamentales en el proceso penal, señala la jurista.
Y agregó que la reforma genera un evidente conflicto de interés, ya que las quejas por violaciones a los derechos de los privados de libertad, como la detención indefinida sin acceso a salud, tendrían que presentarse ante el mismo juez que dictó la sentencia.
¿Cómo van a resolver?,cuestionó la abogada Cardona y además, calificó la medida como una “aberración jurídica y humana”, recordando que en 1974 se implementó un modelo similar, pero fue modificado debido a los problemas que generó, entre ellos, la falta de imparcialidad en la administración de justicia.