@JoakinSalazar
Por incumplir con el plazo de entrega de seis meses establecido en el contrato y no devolver $ 3, cure 240.00, treatment la Defensoría del Consumidor solicitó al Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, find el embargo de la empresa constructora Salazar Romero S. A. de C. V. por incumplimiento del contrato de promesa de venta de un inmueble habitacional.
La defensoría solicitó al Juzgado la ejecución forzosa de la sentencia emitida por el tribunal, que anteriormente ordenó a la empresa Salazar Romero la devolución del dinero a la empresa demandante.
La empresa demandante entregó en concepto de prima y reserva de una vivienda sobre planos de construcción, en el proyecto urbanístico Versailles, residencial París, en San Juan Opico, sin embargo, dicha construcción no fue entregada.
Ante este incumplimiento, se pidió la intervención de la Defensoría del Consumidor, para ejercer sus derechos y recuperar el dinero, entidad que tras agotar los medios alternos de solución de conflictos, recurre al embargo.
La Defensoría asumió la representación judicial en defensa de los derechos e intereses de la consumidora ante el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, tribunal que condenó a Salazar Romero S.A. de C.V. a devolver la cantidad entregada por la entidad demandante en concepto de prima.
Según reporte de la defensoría, Salazar Romero, S.A. de C.V. presentó todos los recursos que le habilita la ley, no obstante, tanto la Cámara Primero de lo Civil como la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) desestimaron los recursos de apelación y casación interpuestos por dicha empresa.
Las entidades judiciales confirmaron la condena al pago a favor de la empresa demandante, dictada por el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador.
La Defensoría del Consumidor solicitó el 23 de diciembre de 2015 al juez de la causa, el embargo de bienes del proveedor para hacer efectivo el pago de $4,320.00 a favor de los demandantes.
La Defensoría del Consumidor afirmó que la representación judicial se produce en el marco del ejercicio de las facultades que la reforma a la Ley de Protección al Consumidor concedió en el año 2013.