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La Defensoría del Consumidor inició un proceso contra la empresa TIGO para determinar la responsabilidad del operador, ante denuncias de suspensión y desconexión del servicio durante el período de emergencia.
“Reiteramos al proveedor TIGO que no puede efectuar desconexiones arbitrarias.
En caso de ser procedente, estableceremos las medidas que compensen la afectación generada a los consumidores”, manifestó la Defensoría en un comunicado.
Según la institución, la Ley de Protección al Consumidor determina que, los proveedores tienen prohibido “suspender unilateralmente la ejecución del contrato, salvo los casos previstos en la ley”.
Dicho incumplimiento establece una multa de hasta 500 salarios mínimos mensuales.
Además, señaló que los proveedores también están obligados a “brindar de manera continua y sin interrupciones injustificadas los servicios que han sido contratados”. El incumplimiento de esta disposición ocasiona infracción grave e impone una multa de hasta 200 salarios mínimos mensuales.
En marzo, los diputados avalaron diferir los pagos de agua, energía eléctrica y telecomunicaciones. La disposición fue aplicada a las facturas de marzo, abril y mayo, las cuales serían canceladas posteriormente hasta un máximo de 24 cuotas cargadas a los recibos emitidos, a partir de junio del presente año.
Esta no sería la primera vez que la compañía telefónica tiene un proceso sancionatorio. En 2018, la Defensoría multó con $201,690 a la empresa, por vulnerar derecho al honor, a la intimidad y protección de datos de consumidores.