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Delitos contra la hacienda pública y municipal, deben tener una sanción penal

Licda. Norma Guevara de Ramirios
@guevara_tuiter

Diputadas y diputados del FMLN han propuesto al pleno legislativo reformar los Códigos Penal y Procesal Penal con el objeto de dejar claramente establecido que todo delito cometido contra la Hacienda Pública y Municipal sean imprescriptibles, order ampliar la noción de “impuesto” contenido en la regulación actual, look y  eliminar la excusa absolutoria que impide que quienes cometen estos delitos vayan a la cárcel cuando pagan el tributo evadido.

El Código Penal en su artículo 99, inciso 4, enumera los delitos para los cuales la sanción penal no prescribe, y a él se agregarían con la reforma, los delitos cometidos en perjuicio de la Hacienda Pública. Con la reforma al artículo 249 se ampliaría la noción de “impuesto”, que en la ley vigente se limita al impuesto sobre la renta; la reforma, al aprobarse comprenderá, toda forma de defraudación al fisco y a la administración tributaria municipal. Si lo evadido o retenido fuere entre 300 mil y 500 mil colones, la sanción penal será de 4 a 6 años de cárcel, y si es mayor a 500 mil colones, la sanción será de 6 a 8 años de cárcel.

En el artículo 250 se regula la sanción por la apropiación indebida de retenciones, la reforma amplía el campo para la persecución penal: “El que teniendo, por designación legal de la administración tributaria, o de hecho, bajo su poder o custodia sumas de dinero, de retenciones, percepciones, o anticipos de otro carácter tributario y no los entregue total o parcialmente dentro de los plazos legales, o se apropiare de las mismas, perjudicando al fisco o a la municipalidad…”; y reafirma el valor superior de este artículo por encima de la apropiación indebida regulado en el mismo código.

Muy importante es la reforma propuesta al artículo 252. Actualmente el pago de lo defraudado extingue la pena; así, la reforma elimina la excusa absolutoria y el pago de lo adeudado, solo reduce la pena a la mitad del mínimo o el mínimo. La reforma al artículo 285, regula la falsedad documental agravada cuando quienes cometen el delito son funcionarios, empleados o notarios; la reforma amplía a otros posibles autores como contadores, auditores o portadores de la fe pública, y cuando ellos cometen los delitos contra la Hacienda Pública y municipal, la sanción penal será mayor.

Al artículo 32 del Código Procesal Penal se propone volverlo coherente con el 99 del Código Penal, agregando la imprescriptibilidad de los delitos cometidos contra la Hacienda Pública y Municipal.

Pese a que los Códigos Penal y Procesal Penal son posteriores a los Acuerdos de Paz, los espacios  que contienen para eludir y evadir obligaciones son variados; esto es lo que se busca cerrar para estimular una conducta responsable de personas naturales y jurídicas obligadas a tributar. La aprobación de esta reforma demandará de la autoridad hacendaria y la Fiscalía mayor vigilancia.

El marco en el que esta propuesta ha sido presentada, es el debate nacional sobre la impostergable necesidad de dotar a la Policía, a la Fuerza Armada y a la Fiscalía de mayores  recursos para perseguir frontalmente la criminalidad, y para aplicar de modo más amplio las acciones previstas en el Plan El Salvador Seguro que costeará las sumas requeridas para cumplir las metas y objetivos que lleven a nuestro país a tratar integralmente el fenómeno de la violencia, hasta lograr su erradicación y construir un ambiente de sana convivencia y paz en nuestro país.

El Plan establece que se debe invertir recursos adicionales en la prevención de la violencia, en la persecución del delito, en la rehabilitación de quienes cometen delitos y en las víctimas; se debe además fortalecer las instituciones; ese plan demanda de 2,100 millones de dólares y una acción articulada de las instituciones. 5 años para las acciones claves que frenen la violencia y delincuencia, y otros cinco años para enraizar un tejido social sano y armónico que asegure la paz en nuestro país.

Las propuestas hechas a la fecha sobre como aumentar tributos para este fin específico son variadas, desde una contribución especial a las telecomunicaciones, pasando por una contribución de quienes tienen ganancias superiores a medio millón de dólares anuales, hasta la emisión de bonos o impuestos a casinos. El debate está abierto, las propuestas se complementan y ello implica que debemos escuchar los fundamentos de cada una. Sin embargo es necesario estimular  el pago correcto de las obligaciones tributarias, para lo cual la reforma descrita arriba es fundamental. Esperamos el respaldo de la mayoría suficiente, en este nuevo debate sobre Delitos Fiscales.

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