Caralvá
Intimissimun
Nuestra historia muestra un sinuoso trayecto en el tema de los Derechos Humanos, condición a mencionar por la extensión del Estado de Excepción (27MAR022), evento que limita muchas libertades productos de los Acuerdos de Paz.
Breves referencias a los Derechos Humanos en ese proceso:
Acuerdo de Ginebra: a solicitud de los Presidentes centroamericanos y en el marco del mandato de buenos oficios que me confirió el Consejo de Seguridad a través de la resolución 637, del 27 de julio de 1989, he celebrado consultas con el Gobierno de El Salvador y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) y porque he recibido seguridades de ambas partes de que existe un propósito serio y de buena fe de buscar dicho fin por la vía de la negociación. Como resultado de mis consultas, el Gobierno y el FMLN han convenido en los puntos que se enumeran más adelante, que tienen el propósito de asegurar que el proceso se desarrolle de una manera eficiente y seria, y que fomente la confianza mutua mediante garantía apropiadas. (…) 1 El propósito del proceso será el de terminar el conflicto armado por la vía política al más corto plazo posible, impulsar la democratización del país, garantizar el irrestricto respeto a los derechos humanos y reunificar a la sociedad salvadoreña… Ginebra 4 de abril de 1990. Javier PEREZ DE CUELLAR Secretario General de las Naciones Unidas.
Acuerdo de Caracas: Agenda General y Calendario de proceso completo de negociación. A Agenda General. 1 El objetivo inicial será el de lograr acuerdos políticos para la concertación de un cese del enfrentamiento armado y de todo acto que irrespete los derechos de la población civil… Caracas 21 de mayo de 1990.
Acuerdo de San José sobre Derechos Humanos: I Respeto y garantía de los Derechos Humanos (…) han convenido: (fragmentos) 1 Se tomarán de inmediato todas las acciones y medidas necesarias para evitar todo tipo de hechos o prácticas que atenten contra la vida, la integridad, la seguridad y libertad de las personas. 2 La garantía plena de la libertad e integridad de las personas… a. Nadie podrá ser sujeto de captura por el legítimo ejercicio de sus derechos políticos, b. Una captura solo podrá realizarse si emana de autoridad competente, por escrito y de conformidad con la ley… c. Toda persona detenida debe ser informada en el acto de su captura sobre las razones de su detención y notificada, sin demora, del cargo o cargos formulados contra ella d. Se evitará toda utilización de la captura como medio intimidatorio. En particular, no se practicarán capturas nocturnas, salvo en los casos de quienes sean sorprendidos in fraganti en la comisión de un delito. e. Ningún detenido será incomunicado. Toda persona detenida tiene derecho a ser asistida sin demora por un defensor de su elección y a comunicarse libre y privadamente con él f. Nadie será sometido a tortura ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes… 3. En el curso de las presentes negociaciones… libertad a personas detenidas por razones políticas. 4. … Respaldo recursos de amparo y de hábeas corpus… 5 … garantía al derecho de todas las personas de asociarse libremente… 6 Plena libertad de expresión, prensa, derechos de respuesta y ejercicio de periodismo… San José 26 de julio de 1990.
Acuerdo de México: II Sistema Judicial y Derechos Humanos. 1 Acuerdos sobre reformas constitucionales destinadas a mejorar aspectos significativos del sistema judicial y a establecer mecanismos de garantía para los derechos humanos… a. Nueva organización de la Corte Suprema de Justicia y nueva forma de elección de sus magistrados… b. Asignación anual al Órgano Judicial c. Creación del Procurador Nacional para la Defensa de los Derechos Humanos, d. Elección por dos tercios de los diputados electos de la Asamblea Legislativa del Fiscal General de la República… Ciudad de México 27 de abril de 1991. Álvaro de Soto
Acuerdo de Nueva York: Comisión Nacional para la consolidación de la paz 25 de septiembre de 1991 Álvaro de Soto
Acuerdo de Paz de El Salvador (firmado en Chapultepec) Capítulo III Sistema Judicial
- Consejo Nacional de la Judicatura.
- Procuraduría Nacional para la defensa de los Derechos Humanos
16 de enero de 1992 Ciudad de México.
Estas breves líneas nos ilustran sobre el marco de Derechos Humanos durante el proceso de paz.
Ahora 30 años después han surgido grupos irregulares armados, organizaciones de crimen organizado, estos grupos han sido calificados de “terroristas” por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, pero ahora a partir del 27MAR022 se impone el Estado de Excepción que suprime derechos constitucionales, esa respuesta del Estado se justifica para contener acciones de homicidios a nivel nacional, en ese contexto se propicia una masiva captura de delincuentes identificados en grupos irregulares, pero ese evento al mismo tiempo genera incertidumbre en grandes sectores nacionales debido a que muchos ciudadanos inocentes han sido capturados sin defensa jurídica.
La cifra al 24ABR022 se considera entre 15 y 16,000 capturas, muchos sin antecedentes penales.
Ahora se escuchan voces amenazantes contra el periodismo, las ONG, opositores políticos, religiosos etc. que solo proclaman la defensa de los Derechos Humanos a favor de los libres de culpa alguna, porque se trata de salvar vidas y también a la democracia que nos habla de la historia de los Derechos Humanos.
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