Oscar A. Fernández O.
Está demostrado, hospital que todo proyecto político, jurídico, social o científico se integra en un contexto, espacio y tiempo determinados, que depende de la ideología dominante, lo que impregna todas sus prácticas y ejercicios de poder (Aguilera y González, 2011).
En este sentido, el Derecho en El Salvador está siendo codificado partiendo de los intereses de una oligarquía burguesa y los grupos afines a ella, en un contexto donde se les ha logrado desplazar en buena parte del control del Estado, por condiciones inherentes al proceso de avance de una sociedad que ha decidido transformarse.
El Derecho se ha convertido, frente a esta desventaja, en un campo social en el cual sus operadores configuran realidades sociales de acuerdo con sus propios términos y racionalidades (Bordieu, 1997), simplificando la complejidad social a un código básico que se reduce al binomio “constitucional-inconstitucional”. Es decir, amoldado a los intereses de la oligarquía.
Desde hace décadas, se viene hablando de la necesidad imperiosa de desregular todos los aspectos de la vida económica, queriendo decir con ello que el Estado y las leyes que de él dimanaron para protegernos de los abusos del mercado, entorpecen el natural desarrollo de éste y por tanto constriñen el crecimiento económico, entendiendo por tal, aquel que sólo se fija en las grandes dimensiones que manejan unos pocos, ignorando el empobrecimiento general de los trabajadores y la marginación de los más pobres.
Así, mediante la formalización a través del Derecho, las respuestas a los conflictos de poder han adquirido un aura de legitimidad y neutralidad, dotándose de respuestas normativas que pretenden garantizar la solución “no arbitraria” de los conflictos sociales. Este sería el caso de sentencias tan dudosas en esencia y forma, como las dictadas en los últimos años por cuatro de los jueces que conforman la hoy tristemente célebre “Sala de lo Constitucional” de la Corte Suprema de Justicia, que siempre se conoció por su genuflexa obediencia a los ricos. Queda claro entonces, que el efecto de universalización es uno de los mecanismos aplicados por los más poderosos, a través del cual se ejerce la dominación simbólica y la imposición legitimada de un orden social. Tanto es así, que las últimas resoluciones de la infausta “sala” pretenden desbaratar el Estado allanando el terreno para la constitución de un poder que sólo sirva a determinados intereses, al mismo tiempo que prácticamente se “criminaliza” la disidencia y la política. Es aquí donde el Derecho instrumentaliza el poder, encubriéndolo y diluyéndolo; justificándolo y convirtiéndolo en “orden” social y político.
Así mismo, como todos los mecanismos de poder están acompañados de ideología, las verdades “incuestionables” de la “sala” se transforman en función de los intereses de poder oligárquicos y en los discursos que predican. Entonces las Leyes y el Derecho se reconfiguran según el sistema político del que forman parte, generando mecanismos de poder adaptados a la ideología dominante, en función del momento histórico y sus circunstancias. Visto desde otro ángulo, “la sala” y sus fanáticos, pretenden a partir de la lógica y los métodos que hemos tratado de explicar arriba, la defenestración del gobierno conducido por el FMLN desde el 2009. Colocándonos, sin asomo de duda ante un intento de nuevo tipo de Golpe de Estado. Lo que ya no pueden lograr con los militares y han intentado hacer con la economía, ahora quieren hacerlo a través de un golpe de Estado técnico con el uso del Poder Judicial, estrategia que se viene ensayando en otros países latinoamericanos, con el beneplácito o el silencio cómplice de los Estados Unidos y los organismos internacionales.
El capitalismo post neoliberal desarrollista y neo-institucionalista, que se reconfigura después del rotundo fracaso del modelo librecambista ortodoxo, no funciona únicamente en su esfera económica, sino que se adentra en el dominio de las subjetividades, el Derecho y la cultura, es decir, que el control del poder del mercado va en paralelo al control del poder sobre la conciencia y el actuar de los individuos. Mientras, en esta lógica de control sobre las discrepancias, se acentúa una práctica política que conlleva el recorte de libertades y la implementación del desaliento.
Con el desacato al orden legal construido por la Asamblea Legislativa, por un grupo de poderosos empresarios y sus testaferros políticos, reforzados por las resoluciones de la “sala”, pretenden que se adopten las decisiones que allanen el terreno para usurpar de nuevo del poder político.
El quebrantamiento del orden constitucional que ha promovido “la sala”, viola las normas de derecho constitucional. Con el quiebre del Poder Legislativo como se pretende, se vulnera la seguridad jurídica. Si se sigue el procedimiento que marca el mandato constitucional previsto para el reemplazo de los representantes y funcionarios de los órganos del Estado, la resolución de “la sala”, en contra, quiebra ese orden constitucional. Eso es violar la constitución… ¿o no?
Desde la perspectiva de la dogmática constitucional, la cuestión es abordar la interrogante acerca del significado y alcance que tiene la consagración del principio de la soberanía popular en el texto de la constitución. La Constitución de la República de El Salvador, en su texto dice: “Art. 83.- El Salvador es un Estado soberano. La soberanía reside en el pueblo, que la ejerce en la forma prescrita y dentro de los límites de esta Constitución”
Pero a “la Sala” eso le sale sobrando, pues su “poder” pretende tener un carácter divino, tanto en su origen como en su ejercicio que queda santificado. La teoría del derecho divino del poder real (monarquía de derecho divino o absolutismo teológico) nació en el último cuarto del siglo XVI, en el ambiente de las guerras de religión de Francia. Pero cabe recordarles a estos jueces que la revolución burguesa en Francia, proscribió el llamado “Antiguo Régimen” en el último tercio del siglo XVIII. La revolución quebrantó las bases del sistema monárquico como tal, más allá de sus agonías, en la medida en que lo destituyó con un discurso capaz de volverlo ilegítimo.La religión constituyó un factor fundamental de legitimación del Antiguo Régimen al difundir la obediencia como una obligación incondicional de los vasallos (Donoso C.: 1973) De igual forma, el autoritarismo del siglo pasado en este país, expresado por la alianza oligarquía-dictadura militar, fue destruido por un levantamiento popular armado que llevó a la reforma democratizadora de la Constitución vigente, elaborada por ellos mismos.
La incomodidad y consecuente perversión política de la Sala de lo Constitucional, proviene también de que, tanto desde adentro como desde afuera, en cada espacio jurídico, al decir de Bourdieu, se están cuestionando los preceptos y se exigen nuevas formas de participación social, inclusión y producción de conocimiento. El Derecho constituye una ideología o superestructura respecto a la economía; es un sistema de relaciones correspondientes a los intereses de la clase dominante, y por lo tanto es de ver cuáles de entre esas relaciones sociales pueden definirse como jurídicas y cuáles son acciones clásicamente políticas en favor de ésta clase. “El hombre asume, entonces, la categoría de sujeto de Derecho desde el instante en que el producto del trabajo asume la figura de mercancía, y el sujeto de Derecho no es más que el portador de mercancías transportado al cielo” (Guido Fassó: 1981). La doctrina burguesa jurídico-política consta de dos grandes apartados: la doctrina del Estado de derecho y la doctrina de la separación de los tres poderes del Estado. Hoy, fuera de aquel ambiente en el que se creó, la separación de poderes ha dejado ya de ser un principio jurídico-constitucional preciso para convertirse en una leyenda, en un mito en el que es difícil discernir lo que es realidad histórica, de lo que es mera fantasía. Circula por los contornos actuales de las ideas jurídicas, con vida propia y virtualidad suficiente para explicar el surgimiento de cualquier clase de institución o principio al que se necesite justificar y dotar de un determinado contenido. No hay ambigüedad erudita que no se remonte, como mínimo, hasta la separación de poderes para contrastar una y otra época al gusto de cada cual. (Alberdi: 2010),
Así las cosas, hoy no son los partidos políticos ni los militares los que están atentando contra el Estado, es el poder judicial de la República el que pretende convalidar una nueva forma de golpe de Estado. Si la Justicia se pervierte, se prostituye y deja de cumplir sus funciones, se está haciendo tambalear los propios fundamentos del Estado.