Por Leonel Herrera*
El proceso penal contra los líderes comunitarios de Santa Marta y ADES se caracteriza por la arbitrariedad, abuso e injusticia total. Siguiendo la línea de un artículo anterior, donde planteé cinco razones jurídicas por las que Fiscalía y Sistema Judicial deben detener esa barbarie, aquí detallo diez hechos que representan graves violaciones al debido proceso y a los derechos de los defensores ambientales encarcelados desde el 11 de enero.
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1. Detención arbitraria: La Fiscalía General de la República no tenía pruebas para acusar y ordenar la captura de los activistas anti mineros. El principal “elemento probatorio” es el relato contradictorio de un “testigo protegido o criteriado” (se desconoce exactamente su condición) que primero aseguró haber visto los hechos y después afirmó que le contaron lo sucedido. Como bien dijo Ovidio Mauricio, director de Tutela Legal “María Julia Hernández”, es un “testigo de chambre”.
2. Incumplimiento de períodos procesales: A pesar que el caso de Santa Marta y ADES no está bajo el actual régimen de excepción por no tener relación con pandillas, Fiscalía y Sistema Judicial incumplieron el plazo de 72 horas establecidas para la audiencia inicial en un proceso judicial ordinario.
3. Sustentación legal errónea: La acusación contra los representantes de Santa Marta y ADES es improcedente porque viola la Ley de Reconciliación Nacional, aprobada en enero de 1992 y vigente tras la Sentencia de Inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía de julio de 2016. También utiliza equivocadamente la categoría de “delito de lesa humanidad” y define como “asociaciones ilícitas” a extintas organizaciones guerrilleras legitimadas en su momento por la Declaración Franco-Mexicana, los Acuerdos de Paz y la misma Ley de Reconciliación.
4. Injustificada detención provisional: El Juzgado de Paz de Victoria decretó detención provisional a pesar de la falta de pruebas, la ausencia de peligro de fuga, la delicada situación de salud de los detenidos y aun cuando en ningún otro caso sobre delitos del conflicto armado todos los acusados están detenidos. Hasta los militares de la atroz Masacre de El Mozote son procesados en libertad.
5. Cuestionable reserva de información: Por petición de Fiscalía, el Juzgado de Victoria decretó reserva de información del caso, afectando la libertad de prensa y el derecho ciudadano a la información pública. Éste es también el único caso sobre delitos de la guerra civil que se cierra al conocimiento público, contrariando que este tipo de casos deben ser debatidos abierta y transparentemente por tratarse de memoria histórica, conocimiento de la verdad, aplicación de justicia y reparación de las víctimas.
6. Indolente ratificación de la detención provisional: A pesar de las razones mencionadas en el numeral 4, sobre todo el estado de salud de quienes padecen enfermedades crónicas, el Juzgado de Instrucción de Sensuntepeque rechazó la petición de medidas sustitutivas a la detención presentada por el abogado de los defensores ambientales y ratificó la prisión preventiva.
7. Maniobra sucia contra la Cámara que revisaría la apelación: Para evitar una posible reversión de la detención, Fiscalía impugnó -sin argumentos y sin causa justificada- a uno de los magistrados de la Cámara Penal de Cojutepeque que resolvería el recurso de apelación de la defensa de los líderes comunitarios.
8. Inhumana situación carcelaria: Desde que fueron detenidos, los representantes de Santa Marta y ADES no ven a sus familiares y desde hace más de un mes ni siquiera el abogado defensor tiene acceso a ellos. Su situación es desconocida y sus familiares temen por su vida, debido a los problemas de salud y a los fuertes intereses que están detrás de su detención, especialmente la intención gubernamental de reactivar la minería metálica.
9. Reprobable inacción de Sala de lo Penal: el proceso judicial se mantiene “entrampado” porque la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia no resuelve la petición de recusación contra uno de los magistrados de la Cámara que tiene en sus manos la apelación presentada por la defensa y, por tanto, la posibilidad de revertir la detención de los ambientalistas.
10. Silencio de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos: La instancia encargada de señalar violaciones a los derechos humanos guarda silencio sobre las detenciones de los defensores ambientales. A pesar de la reiterada petición de familiares de los detenidos y miembros de organizaciones sociales, la PDDH no emite ninguna resolución o pronunciamiento. Tampoco se posiciona sobre las señales de reactivación minera que están detrás del injusto proceso penal contra los luchadores ambientales de Santa Marta y ADES.
Por estas razones, el proceso penal contra los líderes comunitarios y defensores ambientales de Santa Marta y ADES deber anulado. La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia debe rechazar la petición de recusación presentada por Fiscalía y la Cámara Penal de Cojutepeque debe anular la resolución del Juzgado de Instrucción de Sensuntepeque. Desde una perspectiva democrática y de respeto a la legalidad, es lo que corresponde hacer.
*Periodista y activista.
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