Samuel Amaya
@SamuelAmaya98
En la sesión plenaria ordinaria de este jueves no hubo mayor discusión sobre el trabajo legislativo, ya que solo hubo dos dictámenes y uno de ellos fue retirado, específicamente el dictamen favorable de la comisión de salud, en el cual contenía la Ley del Consejo Superior de Salud Pública (CSSP). Se pidió que se retirará de agenda, ya que parlamentarios de ARENA aún tenían observaciones.
La presidenta de dicha comisión, Elizabeth Gómez, del FMLN, dijo que el grupo parlamentario de ARENA pidió que se quitara de la agenda, y que la siguieran discutiendo en las sesiones de trabajo de la comisión.
Cabe destacar que la Ley del Consejo Superior de Salud Pública data de 1958, a lo cual, los parlamentarios la han catalogado como una ley que no está adaptada a la nueva realidad. La última reforma se hizo en 1992, hace casi 30 años, por lo cual es necesario hacer una nueva ley, aseguraron los diputados. Según mencionó la doctora Gómez, esta nueva ley es moderna, ya que después de 63 años se está dando un marco jurídico. “Estamos poniendo al consejo superior el rol que debe de hacer como ente controlador. Además, sería una institución autónoma, ya no estaría adscrita al Ministerio de Salud, sino independiente y, por lo tanto, también la parte financiera”, expuso.
Además, se están valorando las atribuciones y roles específicos del presidente del Consejo Superior, ya que hay nuevos criterios para ser el encargado de esa institución, por ejemplo, el presidente tiene que ser médico por obligación, además, están poniendo mayor énfasis en los roles que jugarán las juntas de vigilancia.
El actual Consejo no cuenta con autonomía en la toma de decisiones y presupuesto, ya que depende del Ministerio de Salud, pero tampoco puede ser juez y parte de dicha cartera de Estado, puntualizó la parlamentaria del FMLN.
Lourdes Vigil, de GANA y miembro de la comisión de Salud, dijo que a la Ley se le quiere adaptar a los tiempos modernos. Se le dan facultades al presidente del Consejo y se convierte en una autónoma. Entre las tomas de decisiones que el presidente puede hacer están: contrataciones, sanciones e inhabilitaciones, no solamente de médicos, sino que carreras afines.
Dentro de las infracciones graves se han incluido que al no prestar los servicios profesionales cuando estas sean requeridos se verá con consecuencias, así como estar bajo los efectos de drogas o alcohol y ejercer la profesión sin autorización correspondiente o sin título académico que lo acredite como profesional de la salud.