Por Alessia Genoves
Colaboradora
La Ley del Sistema Nacional de Integración Fase VI del Plan Control Territorial (PCT) fue aprobada con 66 votos en la Asamblea Legislativa. Su aprobación establece la disolución del Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP).
La normativa, en teoría, busca establecer un marco jurídico e institucional de diseño y ejecución de políticas de integración para la disminución de la violencia -como las del PCT (art. 4) y de la pobreza (Art. 3), a través de programas integradores (Art. 1).
El PCT y sus controversias
El anuncio de la Fase VI del Plan Control Territorial llamada “integración” fue divulgado por el presidente Nayib Bukele en septiembre de este año. Con ello, también indicó que inyectaría hasta $30 millones al PCT, a través de la institución que entonces se plantearía como el “nuevo INSAFORP” -que dijo que no iba a desaparecer-.
Pero durante la vigencia del Régimen de Excepción -desde marzo de 2022- organizaciones sociales acumulan 7,974 denuncias por supuestas detenciones arbitrarias; cifra de la que se añade la liberación de 7,000 personas, y más de 150 muertes en Centros Penales.
El INCAF y la nueva ley
La nueva Ley crea la Dirección de Integración como entidad rectora, que recibirá los $30 millones anunciados para la Fase VI del Plan Control Territorial (PCT). Entre sus funciones está generar programas para reducir violencia y pobreza; facilitar la integración social; y emitir normas para ejecutar el PCT (Art. 4).
La estructura de la Dirección contempla al director general, nombrado por el presidente del Consejo Directivo (Art. 6); y que éste estará conformado por 5 miembros (Art. 9). Éste último articulado, en la Ley INSAFORP, establecía la participación de 8 miembros, además del presidente y vice-presidente, que incluían al sector patronal.
También la disolución del INSAFORP en 6 meses (Art. 25), por lo que la Dirección de Integración absorberá sus funciones (Art. 26), activos, pasivos (Art. 27) y presupuesto (Art. 29). Con ello, se transfieren las obligaciones laborales con el personal (Art. 28).