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Aldo Cáder, Intendente de Investigaciones; Francisco Díaz, Superintendente de Competencia y Gabriela Flores, Coordinadora de Unidad de Prácticas Anticompetitivas, dieron a conocer la situación del caso MOLSA. Foto Diario Co Latino/Juan Carlos Villafranco

Documentos evidencian que MOLSA y HARISA se repartieron mercado ilegalmente

Daniel Trujillo/@Datrusa

La Superintendencia de Competencia tiene en su poder documentos de altos directivos de las empresas harineras donde se muestra cómo ambas entidades se repartieron cuotas de mercado para la venta de sus productos. Esta práctica es ilegal, pharmacy ed según la Ley de Competencia, troche y los documentos son parte del proceso que actualmente se desarrolla en la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia.

La prueba que tiene la Superintendencia de Competencia (SC), online para afirmar que Molinos de El Salvador (MOLSA) y HARISA acordaron cuotas de ventas de producto en el mercado y realizar una práctica anticompetitiva es la documentación electrónica de las computadoras de altos directivos de las empresas, descubierta durante un allanamiento efectuado por la autónoma años atrás.

El titular de la SC, Francisco Díaz, explicó que en el ordenador del presidente de HARISA se identificaron archivos en los que hay un reporte de ventas de quintales (qq) de harina de trigo, con clara participación de mercado con ajustes y diferencias del producto.

Díaz indicó que se encontró un documento con la información de las ventas de la referida harinera y de MOLSA, detallando la previsión y el

diferencial de la comercialización, para favorecerse mutuamente.

El superintendente de Competencia añadió que en el allanamiento realizado a Molinos de El Salvador, en la computadora del gerente de comercialización, se obtuvo evidencia en la que se muestra cómo esta empresa y su competencia se dividieron el mercado al ajustar sus

ventas y sus pérdidas en 9,022 qq de harina.

Siempre en la misma computadora, la SC identificó que de enero a noviembre de 2006 ambas harineras acomodaron sus ventas en 30,606 obteniendo un poco más de $153,000.

El titular de la Superintendencia indicó que también entrevistaron a los directivos de HARISA y MOLSA, y en las declaraciones detectaron que en estas comercializadoras no tenían políticas de venta que propiciaran un aumento de sus clientes, además de no demostrar que existiera una competencia entre ellas.

“Se comprobó, a través de las declaraciones, que las empresas se transferían información sobre ventas entre una y otra (…) De manera que estas pruebas son realmente irrefutables”, subrayó Díaz.

La documentación sirvió para que la SC multará a ambas empresas con más de $3 millones y ordenará cesar la práctica anticompetitiva, sin embargo, las harineras llevaron el caso a la Sala de lo Contencioso

Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). En el caso de MOLSA, según los magistrados contenciosos, se desestimó la prueba porque se obtuvo a través del allanamiento.

No obstante, la Superintendencia se amparó ante la Sala de lo Constitucional y, recientemente, emitió un fallo avalando la documentación obtenida por la autónoma y ordenó a la Sala de lo

Contencioso incorporar nuevamente en el proceso la prueba obtenida en el allanamiento, la cual está disponible en el escrito de los magistrados constitucionalistas.

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