Joaquín Salazar
@JoakinSalazar
La Fundación de Estudios Para la Aplicación del Derecho (FESPAD) emitió un comunicado en el que rechazó la improcedencia de la inconstitucionalidad 37-2020 de la Sala de lo Constitucional, en la que se pedía decretar inconstitucional el Decreto Ejecutivo Número 19.
La Sala de lo Constitucional declaró su improcedencia puesto que había sido derogado por el Decreto 21 y luego el 24 recientemente. Mecanismo que a juicio de FESPAD busca evadir cualquier sentencia de la máxima corte salvadoreña.
FESPAD sostiene que “Debería ser objeto de atención de la Sala, que, con la práctica de la emisión de Decretos Ejecutivos con una corta frecuencia, los cuales son presumiblemente inconstitucionales, queda la impresión que la intención de hacerlo de esa manera es evadir la facultad de control constitucional entre órganos de la Sala de lo Constitucional, ya que al ser derogados por otros decretos de la misma naturaleza y contenido, el objeto de control se volvería inexistente con el criterio jurisprudencial que ahora sienta la Sala, ya que dichos instrumentos han sido expulsados del ordenamiento jurídico con la resolución”, dicta el escrito.
Y es que la resolución de improcedencia de la demanda de inconstitucional del Decreto 19 llega once días después de la derogatoria del mismo.
“A lo mejor, a eso obedezca la emisión de un número considerable de Decretos Ejecutivos. No obstante, a lo mejor sin darse cuenta, están cayendo en una especie de fraude a la Constitución por la emisión constante de Decretos Ejecutivos característicos de poseer un corto plazo de vigencia, pero sobre todo con vicios de inconstitucionalidad”, agrega FESPAD.
FESPAD asegura que tiene plena confianza en que la Sala emita una resolución apegada al Derecho respecto a las demandas de inconstitucionalidad contra los Decretos Legislativos Número 593 y No. 611 que ya han sido admitidos. Decretos que establecieron el Régimen de Excepción impulsado por el Gobierno en el marco de la emergencia nacional. Dichos decretos ya perdieron vigencia, sin embargo, es una oportunidad de sentar un precedente jurisprudencial por parte de la Sala de lo Constitucional, para que en el futuro no se vuelva una práctica recurrente el establecimiento de regímenes de excepción de la forma en que se dio el más reciente, dice la fundación pro derechos humanos.