La Sala de lo Constitucional asegura que las autoridades obligadas han inobservado la medida cautelar de no impedir el ingreso de salvadoreños o residentes permanentes que no presenten prueba de PCR.
Joaquín Salazar
@JoakinSalazar
Los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dieron por incumplida la medida cautelar que prohibía al Gobierno impedir el acceso a los salvadoreños y residentes permanentes que no presenten la prueba de Reacción en Cadena de Polimerasa (PCR) negativa a COVID-19. Ante esto, los magistrados decidieron notificar a la Fiscalía General de la República por el posible cometimiento de delito como desobediencia, actos arbitrarios, coacción, incumplimiento de deberes y otros.
Los magistrados advirtieron que la disposición tomada por el Ejecutivo en el que se ordena a las aerolíneas impedir el abordaje del pasajero que no presente una prueba de PCR negativa a COVID-19 constituye “una forma fraudulenta de evadir el cumplimiento de la medida cautelar ordenada en este amparo el 14 de septiembre de 2020”.
Con dicha orden, las aerolíneas podrían impedir su embarque y, al privarlos de este medio de transporte aéreo, obstaculizar su ingreso a El Salvador, explicaron los magistrados de lo constitucional.
La fiscalía deberá investigar la autoría y participación de los posibles implicados, dicta el escrito de la Sala.
Recientemente, el fiscal general de la República, Raúl Melara aseguró que si hay un funcionario que esté impidiendo el ingreso de un salvadoreño al país será procesado judicialmente.
El presidente Nayib Bukele ante esta resolución dijo: “¿Y el derecho a viajar en un avión libre de COVID-19? Los derechos a la salud y a la vida del pueblo salvadoreño han sido violados reiteradamente por esta Sala. Habrá que certificarle eso al fiscal también. Y en ese caso hay muertos, no solo personas enojadas”.
Controversia
Por otro lado, los magistrados admitieron la controversia constitucional comunicada por el presidente de la República, en relación con la supuesta inconstitucionalidad del Decreto Legislativo número 684, aprobado el 9 de julio de 2020, que contiene la Disposición Transitoria para la Prórroga de las Funciones de los Representantes del Consejo Superior de Salud Pública y de las Juntas de Vigilancia.
En su momento, los diputados de la Asamblea Legislativa argumentaron que la prórroga de sus funciones es derivada de la situación por COVID-19, y que los profesionales de la salud son los que están actualmente en primera línea atendiendo la salud de la población, de los contagiados por COVID-19. La vigencia de sus funciones se estableció hasta julio de 2021.
Ante esto, el presidente Nayib Bukele vetó este decreto al consideraron violatorio a los artículos de la Constitución de la República, por lo que la Sala ha dado 10 días al Ejecutivo y Legislativo para que presenten sus argumentos.