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El principal testigo que inculpa a “Esmeralda” es “la voz pública”

Redacción Nacionales
@DiarioCoLatino

“Esmeralda” es el nombre ficticio de una joven tecleña que, de acuerdo con su abogado, tuvo la mala suerte de ser vendedora ambulante y caer en las primeras “redadas” que ordenaron las autoridades de seguridad, al entrar en vigencia el Estado de Excepción, el 27 de marzo de 2022. “Esmeralda”, dice el abogado a Diario Co Latino, es una joven que ha dejado en la orfandad a un hijo, como miles de mujeres de los 71 mil capturados en el marco del Estado de Excepción.

El abogado, quien prefiere ocultar su nombre por temor a represalias “del sistema”, y que por esa misma razón pide no identificar a su clienta, asegura que ella es inocente y su principal delito es ser pobre, pues con el Estado de Excepción “los pobres son sospechosos de todo, en este caso de ser pandilleros”.

El abogado califica como ilegal la forma en que la Fiscalía presenta los casos ante los Juzgados Especializados contra el Crimen Organizado, los cuales están conformados por cuatro jueces que ventilan los casos de los adultos, y uno de los cuales puede conocer caso de menores. Una de las críticas es la forma masiva en presentar los casos, incluso, antes de que la Asamblea Legislativa aprobara que la fiscalía presente ante los tribunales expedientes de acusación con 900 indiciados.

“Esmeralda” es parte de un grupo de 203 prisioneros que forma parte del mismo expediente fiscal, presentado ante el tribunal contra el Crimen Organizado. Esos 203 procesados o investigados, dijo el abogado, tiene cinco fiscales acusados y un solo defensor público.

“Imagínese usted, cómo un solo abogado público puede defender 203 acusados, en este caso, o cuando se presenten casos con 900 reos en un solo proceso”, advierte el abogado.

“Esmeralda”, explica el abogado, es acusada de Agrupaciones Ilícitas, contemplado en el art. 345 Numeral 2 del Código Penal, y art. 1 Contra la ley del crimen organizado, que antes de las modificaciones contemplaba de tres a cinco años de prisión y hoy, agrega, es de 20 a 40 años. Todos los procesos contra los capturados en el régimen de excepción son acusados de violentar: “La paz pública”, la administración pública o la Salud Pública, dice.

En cuanto a la captura de “Esmeralda”, a quien acusan de colaboradora de una de las pandillas, el abogado dice que el requerimiento fiscal se contradice. Antes de explicarle la contradicción, explica que en el documento de 600 páginas, en lo referente a “Esmeralda”, así como cada uno de los 203 encausados, solo hay un párrafo de seis líneas de cada uno, en lo referido a la acusación, pues 200 páginas se refieren al historial de las pandillas desde su formación hasta la descripción de cada una de las estructuras organizativas de las pandillas a escala nacional.

En una línea de la acusación dice que “Esmeralda” fue capturada “luego de una profunda investigación”, sin embargo, más delante de ese documento, dice que fue capturada cuando “policías se encontraban haciendo patrullajes y fueron informados de un operativo, por medio del clase de turno, quienes verificaron a una señora que se encarga de pasarle el teléfono celular para exigirle la renta a los proveedores que reparten productos. Y que la sospechosa cuenta con antecedentes penales”, sin embargo, dice el abogado, los supuestos antecedentes penales no aparecen en el documento fiscal.

“La carga incriminatoria, agrega el abogado, está compuesta por el acta de captura, una de cada uno de los agentes o soldados que participaron a la hora de la captura. El acta del defensor público y la ficha delincuencial elaborada en la sede policial”.

Aclara el abogado que la “Ficha delincuencial”, que en el caso de “Esmeralda” no está agregada al expediente, al igual que en el de los 203, fue elaborada el día de la captura, es decir, no existía un expediente policial de la acusada antes de la captura. Otras de las actas que se presentan en el expediente es el acta de la entrevista del agente captor y el acta de la entrevista de un segundo agente captor, agrega el abogado. La prueba que presentan es el teléfono comisado, con sus características como el modelo, color, etc.

Lo más grave de todo este proceso, dice el abogado, es que, ante la falta de evidencias, la Fiscalía y la policía acusan a los capturados, entre ellos a “Esmeralda”, de ser miembros de la MS-13”,  pese a que “ al realizarles un registro encontraron un teléfono, aunque “no se les encontró ningún objeto ilícito, pero por la voz pública sabe que son pandilleros”.

El abogado asegura que “Esmeralda” no posee antecedentes penales, y así lo corrobora la misma Fiscalía y policía, por lo que la única inculpación proviene de “la Voz Pública”, pero ¿qué es la Voz Pública?, se pregunta a la vez el abogado, tras finalizar el abuso y las ilegalidades que el sistema de justicia salvadoreño está cometiendo contra miles de inocentes capturados en el Régimen de Excepción.

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