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El Salvador debe incorporarse a la Corte Penal Internacional

Red para un Constitucionalismo Democrático

El 17 de junio de 1998 fue aprobado lo que se denomina el Estatuto de Roma, see creando la Corte Penal Internacional con 120 votos a favor y sólo 7 en contra. En las discusiones de trabajo en la conferencia, malady muchos Estados se referían constantemente a su Constitución, no obstante que veían con entusiasmo el nacimiento del Tribunal. Al enunciarse los problemas constitucionales, se planteaba como salvar esos escollos, siendo las soluciones de variada índole.

En algunos países en los cuales el Tribunal Constitucional emite opiniones previas a la ratificación de tratados internacionales, éstos tribunales opinaron favorablemente, tal el caso de Costa Rica, lo cual fue positivo para la incorporación al Estatuto. En otros que la solución no se daba con el texto constitucional, se procedió  a su reforma, sin darle largas, porque así lo requería el momento.

El Salvador votó a favor de la creación de la Corte Penal Internacional, no fue un simple observador como lo han sostenido equivocadamente algunos, llegando a presidir reuniones del GRULAC y tuvo participación en las sesiones en Naciones Unidas sobre las Reglas de Procedimiento y Prueba y Elementos del Delito.

Se han fijado algunas disposiciones de nuestra Constitución que pueden verse afectadas por el Estatuto. Estimamos que esas objeciones son rebatibles. No rompe con el art. 172 Cn de la exclusividad de juzgar del Órgano Judicial, pues esto es a nivel nacional. El Salvador ya aceptó la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, lo cual no es inconstitucional. La extradición tampoco es problema porque el Estatuto de Roma crea una nueva figura jurídica, cual es “la entrega”. La extradición es para las relaciones entre los Estados; la entrega es para las relaciones de los Estados con la Corte misma.  El espacio de un artículo periodístico, no da para entrar a un análisis pormenorizado de algunos artículos que se dicen podrían vulnerarse, pero si nos detendremos, en aquél sobre el cual se le pone más énfasis, el de la pena perpetua.

El artículo 27 Cn rechaza las penas perpetuas, sin embargo, el Estatuto de Roma si la acepta, pero el artículo 110 del Estatuto señala que cumplidos 25 años de detención, se procede a la revisión de la misma. Por ese artículo el concepto de perpetuidad no es absoluto, porque a los 25 años ya puede salir libre y si acaso no fuere favorable, se estará revisando periódicamente. Lo de perpetuo sería más formal que real. Si los Tratados Internacionales de los Derechos Humanos aceptan que la finalidad de la pena es la rehabilitación y no van por una reclusión de por vida, ante el choque de dos instrumentos internacionales y con el principio universal que en caso de duda lo favorable al reo, la pena perpetua no funcionaría.

Con todo, si se estimare que el Estatuto de Roma va contra la Constitución, si se tiene voluntad para que El Salvador no quede al margen de un tratado que ya tiene 121 países suscriptores, siendo una vergüenza que nosotros estemos formando parte del grupo minoritario de Estados que nos encontramos fuera, la RED propone a los señores diputados que procedan a realizar esa reforma. Basta con incorporar un inciso al art. 145 en los términos siguientes: “El Estado de El Salvador reconoce la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, creada mediante el Estatuto de Roma de 17 de junio de 1998, en los términos previstos en dicho Estatuto”. Sí, así de simple puede tomarse la decisión, pero surgirá a partir de ella, un resultado de gran trascendencia.

Nada de extraño es hacerlo de esa manera, ya la Constitución se remite en el art. 83 a la sentencia de la Corte de Justicia Centroamericana de 1917 y al Tratado General de Límites suscrito en Lima, Perú. Por ello también la Constitución se puede remitir al Estatuto de 1998. La RED hace una atenta invitación a 10 diputados para que den la iniciativa de reforma, como lo señala la Constitución y pasen a la historia, por haber dado ese paso trascendental. No se requiere para ello el beneplácito del Ejecutivo, lo que no significa entrar en conflicto con él. Conocemos de diputados que están muy bien instruidos de lo pertinente que es que nuestro país diga sí al Estatuto de Roma, por ello tenemos fe que nuestro llamado será acogido.

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