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Abogados de distintas organizaciones llegan a la Corte Suprema de Justicia a interponer demanda ampliada contra la Asamblea Legislativa por el atraso de nueve meses en la elección de miembros del CNJ. Foto Diario Co Latino / Ludwin Vanegas

Elección de miembros del CNJ violenta el derecho a la justicia y Constitución

@Will_Siliezar

El 22 de septiembre de 2015 fue el plazo para que la Asamblea Legislativa nombrará a los cinco miembros que conforman el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), el cual tiene como función contribuir a la formación profesional de magistrados, jueces y operadores de justicia en el país.

Según instituciones sociales, el atraso de dicha elección está afectando procesos judiciales, ya que en algunos tribunales de justicia no se han designado jueces porque no se cuenta con el funcionamiento pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, lo que impide, según estas, el acceso a la justicia.

Ante esto, la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES), la Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador (FUDAES), el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional y el Centro de Estudios Jurídicos (CEJ) extendieron una demanda para que el pleno legislativo elija a los miembros del CNJ, ya que al no hacerlo está violentado sus disposiciones constitucionales.

La demanda interpuesta ante la Sala de los Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CNJ) fue presentada el 16 de mayo de este año, no obstante, dichas instituciones entregaron una ampliación de la misma en dos puntos, los cuales son la suma de estas instituciones a la demanda y los argumentos que estos respaldan en ella. Uno de los argumentos es que el pleno legislativo, al no nombrar a los miembros del CNJ, viola dos artículos de la Constitución: el artículo 131 que dicta que a la Asamblea le corresponde elegir funcionarios públicos, así también, el artículo 187 en el que se expresa que los miembros del CNJ serán elegidos por el órgano legislativo.

Por ello, los representantes de las instituciones solicitan a la Sala de lo Constitucional que esta admita la demanda, y por consiguiente, que la Sala tome riendas con lo planteado por ellas, declarando que la omisión de dicho proceso es inconstitucional para posteriormente tomar las medidas pertinentes para “obligar” que se haga la elección.

Los demandantes agregaron que la Asamblea ha omitido este proceso de elección durante nueve meses, por lo que señalaron que durante este tiempo ha violentado la obligación que este poder del Estado tiene y de igual forma la Constitución. Asimismo, afirmaron que están dispuestos a presionar a la Asamblea, en caso de no tener respuesta, exigiendo al Tribunal de Ética Gubernamental que suspenda los salarios de los diputados morosos para que el pleno cumpla con su deber.

Sin embargo, recalcan que esta acción será evaluada, puesto que se debe de analizar entre las instituciones partícipes en la demanda, si con esto se pueden tener los resultados que ellos esperan, considerando que no sea necesario tomar este tipo de medidas.

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